Recategorización del monotributo: trámites más simples y desde el celular
La recategorización del Monotributo ya está habilitada con nuevos valores y herramientas simplificadas para facilitar el proceso a los contribuyentes.
Desde hoy y hasta el 5 de febrero, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el sistema de recategorización del monotributo. Este trámite, obligatorio para quienes hayan modificado su nivel de facturación, incorpora nuevas escalas ajustadas según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado en enero. Además, el proceso se ha simplificado para hacerlo más rápido y accesible.
Una de las principales novedades es la recategorización simplificada, que permite a los contribuyentes consultar automáticamente su facturación anual desde el portal monotributo. Si el monto mostrado es correcto, basta con confirmarlo para completar el trámite. En caso de que sea necesario modificar los datos, también es posible editarlos manualmente. Esta herramienta está diseñada exclusivamente para monotributistas que operan con puntos de facturación electrónica y que cuenten con al menos 12 meses de antigüedad en el sistema.
Para facilitar aún más el proceso, ARCA habilitó la opción de realizar la recategorización desde la app ARCA Móvil. Este avance busca reducir los tiempos y evitar complicaciones, permitiendo a los usuarios completar el trámite directamente desde su celular. Además, los nuevos valores de las categorías están disponibles en el sitio oficial de ARCA, donde también se encuentran detalles sobre cómo calcular la facturación anual.
En casos de actividad reciente, pero con menos de 12 meses de funcionamiento, se aplica una proyección anual utilizando una regla de tres simple. Por ejemplo, si un contribuyente inició actividades en mayo de 2024 y facturó $5.000.000 hasta diciembre, se debe dividir el monto total por los meses de actividad y multiplicarlo por 12. Este cálculo asegura que la categoría asignada sea la adecuada según el nivel de ingresos.
La actualización de los parámetros del monotributo se realiza cada semestre, tal como lo establece el artículo 52 del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Para la recategorización actual, se consideran los índices de inflación de julio a diciembre, mientras que los de enero a junio se tendrán en cuenta para el próximo período. Sin embargo, no todos los contribuyentes están obligados a recategorizarse: quienes permanezcan dentro de los límites de su categoría actual o hayan iniciado actividades hace menos de seis meses quedan exentos.
El pago del monotributo, por su parte, debe realizarse mensualmente antes del día 20. A partir del 20 de febrero, comenzarán a regir los nuevos valores correspondientes a las categorías actualizadas. Es importante recordar que el pago debe efectuarse exclusivamente por medios electrónicos, ya sea a través de homebanking, VEP, débito automático, tarjetas o aplicaciones como Mercado Pago.
Con estas herramientas y nuevas facilidades, la recategorización del monotributo busca hacer más accesible el cumplimiento de las obligaciones fiscales, ajustándose a las necesidades y posibilidades de los contribuyentes.

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