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La protección del niño es también la protección de la mujer

El calendario de marzo reúne un día para celebrar a las mujeres y otro para los niños por nacer. La coincidencia invita a recordar que la protección del niño es también la protección de la mujer.
En el último tiempo, la defensa de los derechos femeninos fabricó un discurso de poder y de absolutos, en especial, ante el hecho del embarazo vulnerable o inesperado. Foto: MDZ
En el último tiempo, la defensa de los derechos femeninos fabricó un discurso de poder y de absolutos, en especial, ante el hecho del embarazo vulnerable o inesperado. Foto: MDZ

En el último tiempo, la defensa de los derechos femeninos fabricó un discurso de poder y de absolutos, en especial, ante el hecho del embarazo vulnerable o inesperado. Se construyó así una retórica que opone al hijo no nacido con la madre y que desconoce la historia vital que comparten desde la gestación y para siempre.

Quizás la expresión normativa más cruel de esa perspectiva se revela en la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo, que permite abortar libremente hasta la semana 14 de la gestación o en cualquier momento antes del nacimiento, si el embarazo es fruto de una violación o si está en peligro la vida o la salud de la mujer. Cuánto dolor provoca la discriminación entre hijos queridos y no queridos que supedita la supervivencia del niño a la voluntad de la madre. Qué costo alto pagan quienes, al abortar, renuncian al hijo que crecía en su vientre y que ya no podrán conocer. Es posible hallar un enfoque jurídico superador e integral. Un enfoque inclusivo, que ampare al hijo y a la madre, sin distinciones, y viceversa, que promueva a la mujer sin postergar el interés superior del niño.

Qué costo alto pagan quienes, al abortar, renuncian al hijo que crecía en su vientre y que ya no podrán conocer.

El binomio conformado por madres e hijos, sobre todo en la etapa gestacional, está protegido con amplitud en los tratados de derechos humanos adoptados por nuestro país, en particular, aquellos referidos a la condición de las mujeres y los niños. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979) da por sentado el valor de la maternidad y su función social y protege a la mujer sin descuidar el interés de los hijos, que se considera “primordial”. De igual modo, la Convención sobre los Derechos del Niño (1989) consagra el interés superior del niño y a la vez compromete a los Estados parte a tomar medidas que aseguren la asistencia sanitaria de las madres antes y después del nacimiento. Como es sabido, Argentina hizo una declaración interpretativa al ratificar ese tratado, para decir que es “niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad” (Ley 23.949).

La convicción general de la comunidad internacional indica que se debe acompañar a las madres y a los niños, y que en todo tiempo y lugar se ha dado primacía a ese vínculo único. En 2024 se cumplen tres décadas desde que la última reforma constitucional hizo propio este enfoque inclusivo. Así, “en las condiciones de su vigencia” otorgó jerarquía constitucional a los tratados de derechos humanos mencionados (art. 75, inc. 22) y facultó al Congreso al dictado de “un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental, y de la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia” (art. 75, inc. 23).

El binomio conformado por madres e hijos, sobre todo en la etapa gestacional, está protegido con amplitud en los tratados de derechos humanos adoptados por nuestro país.

Junto con la ley de aborto, llamativamente, el Congreso de la Nación aprobó la Ley 27.611, conocida como “Ley 1000 días”, que apunta al fortalecimiento y acogida de las madres y los hijos en la primera etapa. La norma es valiosa y su implementación supone un gran desafío para que el aborto no sea más una opción. Con la contención adecuada, las mujeres pueden superar las dificultades, continuar el embarazo ¡y dar vida!

El derecho argentino sigue la máxima que dice que “los niños y las mujeres están primero”, porque en esa unión se funda el cimiento social. ¿Acaso no es tiempo de reafirmar esa perspectiva y ver en la madre y en el hijo a dos sujetos con un rostro humano y un destino natural común?

Verónica Nolazco.
Sofía Calderone.

* Verónica Nolazco y Sofía Calderone. Las autoras son profesoras de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral.