Plazo fijo: desde este monto el banco le debe informar a la AFIP en marzo 2024
Ante el contexto de inflación y devaluación que enfrenta Argentina, la opción de depositar dinero en un plazo fijo bancario se presenta como una estrategia para intentar preservar el valor. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) monitorea los movimientos financieros de los contribuyentes, lo que incluye las inversiones en plazos fijos.
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En línea con las regulaciones que obligan a los bancos a informar sobre las transacciones de sus clientes a partir de ciertos montos mínimos, se aplica una medida similar para los depósitos a plazo fijo.
Desde qué monto la AFIP vigila
Las entidades financieras están obligadas a informar a la AFIP el monto total acumulado de los plazos fijos realizados cada mes, una vez que alcance o supere los $400.000. Este límite se ha incrementado desde los $200.000 previamente establecidos, con el propósito de mejorar la transparencia en la supervisión de las transacciones financieras.
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Este monto de $400.000 es mensual e incluye todo tipo de acreditaciones, abarcando no solo los plazos fijos, sino también las cajas de ahorro, cuentas sueldo, cuentas de la seguridad social y cuentas especiales.
Bajo esta disposición, las entidades financieras deben informar a la AFIP sobre:
- Los movimientos cuando el monto total acumulado de las acreditaciones o extracciones mensuales, en moneda argentina o extranjera, iguale o supere los $400.000.
- Los saldos de las cuentas que al último día hábil del período mensual informado resulten iguales o superiores a $400.000.
Cómo se pueden justificar los fondos invertidos en Plazo Fijo ante la AFIP
Cuando el saldo de un plazo fijo iguala o supera los el monto establecido, el banco está obligado a informar a la AFIP sobre esta inversión. En algunos casos, la entidad financiera puede solicitar al cliente una justificación de los fondos depositados. Esto suele hacerse mediante correo electrónico, solicitando la presentación de documentación respaldatoria.
Entre los documentos más comunes que se pueden requerir se encuentran:
- Facturas emitidas en los últimos 6 meses.
- Recibos de sueldo.
- Comprobantes de haberes jubilatorios.
- Certificados de ingresos emitidos por contadores públicos.

