ver más

Anses: el nuevo requisito para poder seguir cobrando pensiones y asignaciones

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial un nuevo requisito con el fin de aumentar los controles para quienes acceden a estos beneficios mensualmente. Los detalles.

Este lunes, el Gobierno modificó los requisitos para la percepción de prestaciones no contributivas y/o asignaciones de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Mediante la resolución 918/2024, publicada en el Boletín Oficial, se oficializó la modificación con el fin de fortalecer los controles sobre los servicios de la seguridad social.

En el documento oficial, firmado por el director ejecutivo de Anses, Mariano de los Heros, se establece la regulación del requisito de residencia en el país para la obtención y/o percepción de cualquiera de los beneficios mencionados. "La persona titular o generadora de derecho, según corresponda, no cumple con dicho requisito cuando se haya ausentado del territorio de la República Argentina por un período superior al de noventa (90) días corridos", se detalla en la resolución.

Entonces, para poder verificar el cumplimiento del requisito de residencia, "se utilizará la información obrante en las distintas bases de datos de Anses y aquella remitida por la Dirección Nacional de Migraciones, en el marco de los convenios vigentes entre ambos organismos".

Quienes se hayan ausentado en el país por un período mayor a noventa días no podrán mantener la percepción de las prestaciones o asignaciones de Anses. Foto: Archivo MDZ

De la misma forma se procederá a analizar el plazo de residencia en el país para los beneficiarios de la bonificación por zona austral -dispuesta por la Ley N° 19.485-. En este caso, "deberá entenderse que la ausencia del país por un período superior al de noventa (90) días corridos importará la pérdida del derecho a la citada bonificación".

Esta medida regulatoria se da en un contexto de auditoría de las asignaciones y prestaciones de la seguridad social que se emiten a través de Anses, con el objetivo de que se mejore el servicio, aumenten los controles y se esclarezca quiénes merecen percibir estos beneficios y quiénes no. De esta forma, el Gobierno, mediante Anses, no pagaría más prestaciones a quienes incumplan los requisitos básicos, aliviando el gasto público.

"Si bien algunas de estas prestaciones establecen, en sus normas reglamentarias y aclaratorias, un lapso específico para determinar el cumplimiento de dicha exigencia, en aquellas en donde no se prescribe el mismo, deviene necesario disponer un plazo razonable que se adecue con el requisito de residencia en el país, cuando se produzca la ausencia del territorio de la República Argentina", manifestó el Ejecutivo en el considerando de la resolución. Para que esto sea posible, Anses, por su parte, "deberá implementar sistemas administrativos y contables que permitan un adecuado control de la gestión económico-financiera y prestacional, debiendo presentar, anualmente al Poder Ejecutivo Nacional para su aprobación, su memoria y estado contable".

Qué sucede si un beneficiario incumple con el nuevo requisito

En caso de exceder el plazo de noventa días fuera del país, incumpliendo el requisito de residencia, "se procederá a la suspensión del beneficio, hasta tanto la persona titular solicite la activación del mismo y se demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país, excepto cuando se trate de prestaciones respecto de las cuales, dicho incumplimiento, implique la pérdida de derecho, en cuyo caso se procederá a la baja de las mismas".

Lo mismo sucede en caso de que una persona que cobre la bonificación por zona austral incumpla el requisito de permanencia en el territorio. "Se procederá a la baja de la bonificación, debiendo ser solicitada y probado el derecho a la misma para ser abonada nuevamente", aclararon.