Reconocen la posesión de tierras de la comunidad mapuche en Mendoza
El Gobierno nacional reconoció el derecho a la ocupación de dos comunidades mapuches de Mendoza, tras haber cumplido con los requisitos establecidos por la ley. Se trata de los lof El Sosneado y Suyai Levfv que ahora tienen derecho reconocido sobre el territorio que ocupan y pueden hacer uso y evitar desalojos. En el mismo camino hay al menos otras 6 comunidades mapuches que fueron relevadas y esperan que les reconozcan ese derecho y otras 10 en agenda.
En Mendoza las comunidades mapuches, ubicadas en San Rafael y Malargüe, están organizadas y siguen los canales institucionales. Hay conflictos vigentes y reclamos, algunos que han terminado en intentos de desalojo. Desde las comunidades aseguran que ahora deberían cesar algunas de esas tensiones.
Las dos comunidades a las que se les reconoció la posesión "actual, tradicional y pública" de los terrenos son Lof El Sosneadoo y la Comunidad Lof Suyai Levfv. "Reconócese la ocupación actual, tradicional y pública de la COMUNIDAD LOF El Sosneado y Lof SUYAI LEVFV, perteneciente al Pueblo Mapuche, con asiento en la provincia de Mendoza, con Personería Jurídica en trámite, respecto de la superficie georreferenciada", dicen las resoluciones.
En El Sosneado hay otras tres comunidades que están en proceso de reconocimiento, con más de 50 familias. En el caso de la comunidad Suyai Levfv hubo en años anteriores intentos de desalojo en toda la zona de Los Molles.
Algunos motivos de tensión se generaron por la competencia en el uso de la tierra. La mayoría de las comunidades se dedica al ganado extensivo, hacen veranadas y otras tareas artesanales. En algunos sitios se cruzan intereses con emprendimientos turísticos, petroleros y mineros.
La ley 26.160 declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad de tierras ocupadas por los pueblos originarios. Esa norma se prorrogó varias veces por la demora en los relevamientos. En Mendoza muchas organizaciones tramitaron su personería jurídica y tienen entidad legal. Por eso se avanzó también en el relevamiento y georreferenciación de las tierras que ocupan. Por eso desde la Nación consideran que "se ha dado cumplimiento a lo previsto por la Ley Nacional N° 26.160" y se otorgan las tierras.
Con los datos relevados se realizó la cartografía y la "demarcación de los usos internos y del perímetro que da cuenta de la superficie y elementos que sustentan la ocupación actual, tradicional y pública ejercida" por cada comunidad a la que se le reconocen los derechos, "con el objeto de manifestar la íntima relación de la Comunidad con su territorio, en cuanto a su historia, sus aspectos materiales y espirituales". En base a esos datos se elaboró un Informe Histórico Antropológico.