Viajes con animales

Tras el caso de Coco: ¿qué se necesita para ingresar a Argentina con una mascota?

Ya sea por turismo o por mudanzas, actualmente son varias las personas que deben movilizarse con sus mascotas. Sin embargo, pueden tener problemas a la hora de salir o ingresar al país con ellas.

Redacción MDZ Online domingo, 29 de mayo de 2022 · 11:22 hs
Tras el caso de Coco: ¿qué se necesita para ingresar a Argentina con una mascota?

El caso de Coco, un perro mestizo cuya familia intentó ingresar al país sin los requerimientos necesarios, ganó una gran relevancia en el público y hasta se realizaron pedidos para que el can no fuese deportado. Finalmente, el Senana decidió que el animal debía realizar una cuarentena antes de poder reunirse con su famillia.

Coco vivía junto a su familia en Hungría y volvieron a Argentina debido a la emergencia que se dictó en el país por la guerra. Franco Gavidia fue quien adoptó al perro en aquel país y decidió traerlo consigo ya que forma parte del grupo familiar. Él es jugador de handball argentino en la liga de Hungría y fue quien dio a conocer el caso ya que, según denunció, se sintió como un delincuente. 

Según explicaron desde Senasa, el animal deberá cumplir un periodo de 10 días de cuarentena y ser vacunado contra la rabia en instalaciones de la Aduana dentro del Aeropuerto Internacional de Ezeiza. Además añadieron que Coco llegó "sin su Certificado Veterinario Internacional (CVI) y con su vacuna antirrábica vencida".

Para evitar pasar por situaciones como estas, es importante que los viajeros conozcan las disposiciones de cada país para el ingreso y egreso de mascotas. 

En Aergentina es el Senasa quien se encuentra de otorgar el permiso para que un animal ingrese al país. 

Requisitos de importación de perros y gatos

•Todos los caninos y felinos domésticos que ingresen a la República Argentina desde cualquier país del mundo deben presentar un Certificado Veterinario Internacional (CVI) emitido por la Autoridad Veterinaria del país de origen que contenga los requisitos sanitarios de Argentina (Resolución GMC 17/15).

•El Senasa autoriza el ingreso de animales amparados sanitariamente por un Pasaporte que reemplace al CVI, siempre que se encuentre vigente, que contenga la información sanitaria requerida por la Resolución GMC 17/15 y que sea refrendado o convalidado mediante firma y sello de la Autoridad Veterinaria de dicho país previo al traslado.

•Le sugerimos buscar la página web oficial del servicio o autoridad veterinaria del país en el cual se encuentra para conocer cómo y dónde gestionar el CVI.

•El CVI emitido por la autoridad sanitaria del país en el cual se encuentra es válido por 60 (sesenta) días para ingresar a la Argentina con su perro/gato, siempre que la vacuna antirrábica se encuentre vigente el día del ingreso.

•Uno de los idiomas del CVI deberá ser español.

•No se requiere Permiso de importación.

Requisitos sanitarios para obtener el Certificado Veterinario Internacional (CVI) según Resolución GMC 17/15:

1-Certificado de Salud:
emitido dentro de los diez (10) días previos a la fecha de emisión del CVI por un veterinario autorizado en el país de origen que acredite que dicho animal se encuentra clínicamente sano, sin evidencias de parasitosis y que está apto para su traslado.

2-Vacunación contra rabia:
Los perros y los gatos deben estar vacunados contra la rabia con vacunas autorizadas por la Autoridad Veterinaria del país de origen / procedencia y con inmunidad vigente según el plazo de validez otorgado por el laboratorio fabricante de la vacuna.

Cuando se trate de animales vacunados por primera vez, la vacuna debe haber sido aplicada al menos VEINTIÚN (21) días previos al ingreso a la República Argentina.

Si el perro o gato es menor de 3 (tres) meses, la Autoridad Veterinaria deberá certificar la edad del animal y que el mismo no ha estado en ninguna propiedad donde ha ocurrido algún caso de Rabia urbana en los últimos NOVENTA (90) días previos a su embarque.

Si el animal procede de un país o zona que cumple con las recomendaciones establecidas en el Código Terrestre de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL (OIE) para ser declarado libre de Rabia, podrá ingresar sin la correspondiente inmunización contra esta enfermedad, debiendo la Autoridad Veterinaria emisora del CVI hacer constar esta condición de país o zona libre en dicho CVI o Pasaporte.

La Constancia de Vacunación Antirrábica original no debe ser retenida por ninguna Autoridad de control dentro de la ARGENTINA ni en el exterior. En todos los casos esta Constancia debe continuar en poder del propietario / responsable del animal.

3-Desparasitación:
Tratamiento contra parásitos internos y externos dentro de los QUINCE (15) días previos a la fecha de emisión del CVI o a la intervención del Pasaporte, con productos veterinarios aprobados por la Autoridad Veterinaria del país de origen/procedencia.

 

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