Derechos de los pacientes

Los maltratos más comunes de las obras sociales a los pacientes

El acceso a las historias clínicas, coberturas del Plan Médico Obligatorio y respeto de la relación médico paciente son algunos de los derechos que tienen los pacientes y frecuentemente son vulnerados. ¿Cómo hacer valer esos derechos frente a las obras sociales y prepagas?

Andrea Ginestar
Andrea Ginestar lunes, 18 de abril de 2022 · 19:26 hs
Los maltratos más comunes de las obras sociales a los pacientes
Las horas que transcurren mientras una persona hace valer sus derechos es determinante en el caso de algunas patologías

El acceso a la salud en Argentina es un derecho universal que tienen todos las personas que se encuentren dentro del territorio, sin embargo, la vulneración de los derechos que tienen los pacientes es una constante que se repite. Coberturas médicas insuficientes, demoras en la atención, quebrantamiento de la relación médico paciente y numerosas situaciones que, en ocasiones son judicializadas ante la falta de respuestas por parte de los organismos encargados de brindar ese servicio esencial.

Las personas que requieren atención médica se encuentran en condiciones de vulnerabilidad frente a un sistema que se burocratiza a medida que las patologías que padecen son más complejas. La falta de información acerca de los derechos de los pacientes juega a favor de las obras sociales y nosocomios que dilatan cuestiones básicas como el acceso a las historias clínicas o coberturas.

"El derecho a la salud tiene nivel constitucional, está en el máximo de los rangos, no pueden aplicarse ninguna disposición provincial ni de acuerdo entre partes que vulneren ese derecho", explicó el abogado Marcos González Landa, presidente de la Comisión de Salud del Colegio de Abogados de Mendoza.

Las historias clínicas son propiedad de los pacientes

El caso de la docente mendocina que padece cáncer y aún espera la autorización para una mastectomía que se sigue dilatando por la burocracia de la Obra Social de los Empleados Públicos de Mendoza (Osep), es un ejemplo de la burocratización de un sistema que debería dar respuestas inmediatas, aún más cuando se trata de patologías que requieren soluciones ya que el riesgo de vida es alto. Sin embargo, este no es el único caso ni Osep es la única obra social que incumple con los derechos de los pacientes, sucede con los afiliados a Pami y con otras empresas de medicina prepaga. 

"Es importante que los pacientes conozcan sus derechos y se los hagan saber a las prepagas", agregó el abogado. 

La demora suele ser la causa del peregrinaje de quienes buscan una solución que, en teoría no debería tardar en llegar pero en la práctica es motivo de un periplo que en ocasiones finaliza con el fallecimiento de la persona. "El paciente tiene que saber cuáles son sus derechos frente a la obra social o nosocomio que no está queriendo cubrir sus derechos", dijo González Landa. 

Derechos vulnerados

Para el personal de salud, prestadores, obras sociales y empresas de medicina prepaga; el respeto hacia el paciente es uno de los principales deberes éticos además de un requerimiento legal. Por ello, son muy importantes los aspectos relacionados con el trato, la información y la toma en consideración de la opinión del paciente así como también de los médicos tratantes que realizan en seguimiento de los cuadros clínicos.

"El derecho a la salud tiene nivel constitucional, está en el máximo de los rangos, no pueden aplicarse ninguna disposición provincial ni de acuerdo entre partes que vulneren ese derecho", dijo el abogado.

En ese sentido, hay un derecho que frecuentemente es vulnerado y se vincula con la relación médico paciente. "Es importante garantizar la continuidad de ese vínculo con el médico no obstante el cambio del prestador con la prepaga que si se modifica tiene que mantenerse", destacó el abogado.

Otro aspecto que genera polémica es el acceso a la historia clínica ya que no hay una conciencia ni respeto sobre el derecho que tienen los pacientes. Muchas instituciones plantean que la historia clínica es propiedad del instituto o nosocomio. "Lograr que tengan la historia clínica a tiempo y como corresponde es uno de los principales derechos que se vulneran. El paciente tiene derecho a requerirla en el momento que quiera, antes o después de retirarse del hospital ya que es de su propiedad y corresponde que se quede con el original", explicó González Landa.

No obstante, el acceso a las historias clínicas es frecuentemente vulnerado y los pacientes recurren a medidas judiciales para obtener lo que por ley es un derecho. "Ante el requerimiento del paciente deben entregar las historias clínicas, en caso de no hacerlo, se realiza una intimación por carta documento o acción judicial. Siempre el remedio es una acción judicial tanto en la provincia como en la justicia federal, por eso es importante que los pacientes conozcan sus derechos y se los hagan saber a las prepagas", agregó. 

La trampa del Plan Médico Obligatorio

La demora en la respuesta de los amparos de salud o medidas cautelares tienen una duración aproximada de 5 días. A pesar de que esos tiempos para la justicia no son significativos, para quien necesita una solución inmediata cada minuto es valioso y puede ser determinante para el riesgo de vida.

Las horas que transcurren mientras una persona requiere un traslado o una cama de cuidados intensivos, una cobertura específica o un tratamiento que permite mantenerlo con vida; son determinantes y muchas veces se ven condicionadas por la vulneración de un derecho y una medida judicial interpuesta cuyo objetivo es garantizarlo.

"Los pacientes tienen que tener claro que el Plan Médico Obligatorio (PMO) no es de carácter taxativo, por lo general las obras sociales se excusan diciendo que la cobertura no está dentro del PMO pero eso no quiere decir que no tengan que cubrir. Si vienen con un justificativo médico donde establecen que no hay otra opción, que es lo mejor para su salud y lo que requiere el paciente; deben cubrirlo", destacó el especialista en derecho a la salud y agregó: "Obviamente que no se convierte en una cuestión de todo vale...si es una situación particular analizada por el médico tratante y no hay otras opciones acordes a la patología del paciente, la obra social debe cubrir".

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