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Habilitaron nuevos corredores seguros de ingreso al país: ¿cuáles son?

El Gobierno nacional anunció la apertura de nuevos "corredores seguros" para el ingreso de personas nacionales y residentes en Argentina, en los países limítrofes y demás extranjeros.

El Poder Ejecutivo habilitó nuevos "corredores seguros" para el ingreso al país que hasta ahora estaban cerrados para el turismo como parte de las medidas aplicadas para contener el avance del coronavirus. A través de un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, se determinó la apertura de las terminales portuarias y aéreas ubicadas en la Ciudad de Buenos Aires, la provincia de Buenos Aires y Río Negro.

A través de la publicación realizada esta mañana en el Boletín Oficial, se dispuso la apertura del Yacht Club Argentino, ubicado en la Dársena Norte de CABA; el aeropuerto Teniente Luis Candelaria de Bariloche, en la provincia de Río Negro; y la terminal de cruceros de Mar del Plata junto con el puerto fluvial de Tigre, ambas ubicadas en territorio bonaerense. Estos corredores se encontraban cerrados en el contexto de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.

La aprobación de los planes de contingencia propuestos por las autoridades locales posibilitó la apertura de los "corredores seguros" previa autorización de la Jefatura de Gabinete de Ministros. La habilitación se realizó mediante los decretos 84, 85 y 86 que fueron publicados en el Boletín Oficial.

Las nuevas aperturas van en consonancia con "el contexto sanitario y epidemiológico imperante" y en base a los criterios fijados en Decisión Administrativa Nº 951/21, que establece un conjunto de medidas vinculadas a las condiciones de ingreso al país de personas nacionales y residentes en Argentina, en los países limítrofes y demás extranjeros.

"Los Gobernadores y las Gobernadoras de Provincias y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán proponer al Jefe de Gabinete de Ministros, en su carácter de Coordinador de la 'Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional', la apertura de corredores seguros adicionales a los autorizados", según se establece en la norma.

Para las aperturas se dispone que "se deberán presentar un protocolo aprobado por la autoridad sanitaria jurisdiccional previendo, en su caso, los mecanismos de testeo y aislamiento, los cuales deberán dar cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional, la que deberá intervenir y expedirse, en forma previa, respecto a su pertinencia".