Atención: nuevo reglamento de la DGE para las salidas escolares
La comunidad escolar de Mendoza cuenta con un nuevo Reglamento de Salidas Escolares. Destinado a las instituciones educativas que dependen de la Dirección General de Escuelas, la medida incluye a todos los niveles de escolaridad obligatoria, tanto de gestión estatal como privada.
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Debido a la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, la provincia debía actualizar el marco normativo que regula estas salidas. Para ello se tuvo que derogar una serie de resoluciones (ver Boletín Oficial) y aquellas normas jurídicas que se opusieran al flamante reglamento que lleva la firma del titular de la DGE, Jaime Correas.
En realidad, lo que se hizo con esta nueva resolución es corregir la anterior, de agosto del 2016, que presentaba algunos errores y ponía demasiadas trabas para poder concretar las salidas institucionales.
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La nueva disposición legal debe explicitar las condiciones que tienen que reunir las salidas para que se encuadren en los requerimientos normativos y pedagógicos vigentes. Es decir que estén en clara sintonía con las líneas pedagógicas que marca el gobierno escolar de la provincia.
Para la DGE es positivo que se promuevan y apoyen actividades educativas fuera del ámbito del aula, por considerar que contribuyen significativamente en la mejora de los aprendizajes de los alumnos de los distintos niveles.
Con esta nueva reglamentación se establecen los criterios para propiciar y habilitar las salidas educativas que involucren a los estudiantes. Estas deben garantizar la promoción de fines formativos y recreativos, siempre en línea con los Proyectos Educativos Institucionales de cada comunidad escolar.
A partir de esto, la planificación, organización, tramitación, implementación y evaluación de las salidas escolares tendrán que adecuarse a las disposiciones del nuevo Código Civil y Comercial.
Entre las salidas escolares se consideran la participación en los actos conmemorativos, eventos ajenos a la institución, campamentos, encuentros y torneos deportivos, viajes de estudio y actividades complementarias tales como ferias de ciencias, encuentros corales, visitas a museos, entre otras.
Se aclara expresamente que los viajes de egresados y/o de esparcimiento que sean contratados por los padres de los estudiantes y no cuenten con la dirección ni control de la autoridad educativa, quedarán fuera de la responsabilidad regulada por los artículos del nuevo Código Civil.
En los establecimientos privados, las salidas escolares deberán contar con la autorización expresa del representante legal y de la dirección de la institución, además del seguro vigente de Responsabilidad Civil con cobertura especifica de actividades escolares.
A la hora de evaluar las propuestas de salidas, las autoridades tendrán que adoptar como criterio aquel que garantice la participación efectiva de la mayoría de los estudiantes. En caso contrario, se deberá dejar constancia de los motivos que justifiquen la no participación de los alumnos.
La cantidad de docentes que acompañen la salida no deberá complicar el normal funcionamiento de la escuela. Los directivos o el personal docente y las personas mayores (designadas por la institución mediante acta que indique su calidad de "acompañantes", pueden ser padres), tendrán que estar presentes en las delegaciones de estudiantes en una proporción de 1 cada 10 alumnos en colegios primarios y secundarios y 1 cada 5 en instituciones de educación especial y de nivel inicial.
En un acta quedarán consignadas las tareas y responsabilidades de cada uno de los docentes y de los acompañantes. Una vez realizada la salida escolar, se deberá presentar en forma obligatoria un informe a la dirección de la institución y posteriormente al Supervisor.
A manera de referencia, difusión y guía, la DGE colgará en su portal www.mendoza.edu.ar los modelos de salidas escolares, los formularios a completar, la documentación requerida y disposiciones muy puntuales referidas a la salud de los estudiantes.


