Tras el fallo de Mendoza, otra jubilada podrá cobrar en euros
La Cámara Federal de La Plata ordenó que una jubilada de 81 años pueda cobrar su jubilación italiana en euros, a pesar del cepo cambiario.
La mujer recibía hasta el momento 271 euros convertidos, según las cotizaciones oficiales, por lo que pidió que se declarara inconstitucional e inaplicable en su caso las normas que disponen el gobierno, debido a la inestabilidad de la moneda local, y el perjuicio que esto le ocasiona.
"Percibir el importe al cambio de valor oficial existente en nuestro país ocasiona, en la práctica la merma del beneficio provisional y la falta de mantenimiento del poder adquisitivo", afirmó la jubilada.
En primera instancia se ordenó al Banco Central arbitrar los medios para que la jubilada pudiera adquirir en cada oportunidad el equivalente en euros a la cotización oficial vigente en el mercado único de cambios, sin necesidad de obtener autorización, esta resolución fue apelada por la jubilada.
También cuestionó el fallo, por entender que se podría tratar de un privilegio frente a otros ciudadanos con el mismo derecho de propiedad.
Los jueces de la Cámara Federal de La Plata Julio Reboredo y Carlos Compareid sostuvieron que "no parece razonable que (...) se prive a una persona de percibir regularmente su beneficio provisional en la moneda de origen que deposita un estado extranjero con fondos que le son propios y en la moneda de curso legal existente en dicho país, afectando así su derecho provisional que forma parte del concepto constitucional de propiedad".
A finales de junio, la jueza mendocina, Olga Pura de Arrabal emitió un fallo similar para que una jubilada extranjera, residente en la Provincia pudiera recibir su jubilación en la moneda de origen (euros) y no en pesos. La medida estableció un precendente para futuros fallos.