Presenta:

Uno por uno los condenados en la causa Bento y cuándo se conocerá la pena de cada uno

El Tribunal falló de manera unánime y halló culpable a todos los acusados. Bento fue sobreseído en algunos casos por prescripción. Mañana se conocerá la pena de cada uno.

juicio walter bento veredicto final gretel diamante (22)
Alf Ponce Mercado / MDZ

El veredicto oficial determinó la culpabilidad de los acusados en la megacausa de corrupción ocurrido alrededor del Juzgado Federal 1 de Mendoza. La lista de condenados es enorme, pues había 33 procesados originalmente. Todos fueron hallados culpables, aunque con matices.

El Tribunal resolvió todo por unanimidad y de manera contundente. El detalle de las culpabilidades fue leído tras los argumentos generales que dio la presidenta del Tribunal, Gretel Diamante. Aunque hubo delitos graves probados, también se absolvió a los acusados de algunos delitos por el beneficio de la duda y también por prescripción.

Mañana se determinará la pena de cada uno de los acusados, cuando se haga la audiencia de cesura.

Uno por uno, los cargos sobre los culpables

  • Walter Bento fue hallado culpable de "Asociación ilícita como jefe, enriquecimiento ilícito, lavado de activos, falsedad ideológica, cohecho y ocultamiento de pruebas. En el caso de Bento, se hizo lugar al planteo de prescripción a los delitos de abuso de autoridad, desobediencia y prevaricato por 8 hechos. Sobreseer por esos delitos. También fue absuelto por el beneficio de la duda en dos casos de cohecho.
  • Luciano Ortego fue hallado culpable de asociación ilícita en carácter de organizador en concurso real con el delito de cohecho activo agravado en calidad de coautor.

  • Jaime Alba: Asociación ilícita en carácter de organizador, en concurso real con el delito de cohecho activo agravado en calidad de coautor, y en concurso real con del delito de abuso de autoridad en calidad de partícipe primario.
  • Luciano Edgardo Ortego: asociación ilícita en carácter de organizador en concurso real con el delito de cohecho activo agravado en calidad de coautor, todos a su vez en concurso real entre sí. También fue absuelto por dos casos por el beneficio de la duda.
  • José Gabriel Moschetti: Asociación ilícita en carácter de miembro, en concurso real con el delito de violación de secretos y este a su vez en concurso ideal con el delito de violación a los deberes de funcionario público.
  • Alejandro Matías Aramayo: asociación ilícita en carácter de miembro en concurso real con el delito de cohecho.
  • Leopoldo Antonio Martín Ríos: asociación ilícita en carácter de miembro; en concurso real con cohecho activo agravado en calidad de coautor, todos a su vez en concurso real entre sí.
  • Luis Francisco Álvarez: asociación ilícita en carácter de miembro, en concurso real con el delito de cohecho pasivo.
  • Walter Eduardo Bardinella: asociación ilícita en carácter de miembro en concurso real con el delito de cohecho activo agravado en calidad de coautor, todos a su vez en concurso real entre sí.
  • Marta Isabel Boiza: enriquecimiento ilícito en calidad de partícipe necesaria; lavado de activos de origen ilícito agravado , en calidad de coautora; y falsedad ideológica en concurso real entre sí, todos esos delitos a su vez en concurso real entre sí.
  • Nahuel Bento: lavado de activos de origen ilícito agravado por haber sido cometido como miembro de una banda formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza y como funcionario público en ejercicio u ocasión de sus funciones, en calidad de coautor.
  • Martín Rodolfo Bazán: cohecho activo agravado en calidad de coautores por un hecho agravado por la condición de funcionario público.
  • Alfredo Aliaga y José María Sanguedolce, por cohecho activo.
  • Diego Martínez Pinto, Juan Carlos Molina, Eugenio Nasi, Adrián Calderón: cohecho activo agravado en calidad de coautor.

Las absoluciones

  • WALTER RICARDO BENTO VEGA, absuelto por el beneficio de la duda, del delito de cohecho pasivo respecto de los hechos encuadrados en los casos N° 5 y 15 (Art. 3 del Código Procesal Penal de la Nación) y por el hecho encuadrado en el caso N° 13, por los cuales fuera oportunamente requerido (Art. 257 del Código Penal).
  • LUCIANO EDGARDO ORTEGO HERNÁNDEZ, absuelto por el beneficio de la duda, del delito de cohecho activo agravado respecto de los hechos encuadrados en los casos N° 5 y 15, por los cuales fuera oportunamente requerido (Art. 258 segunda disposición en función del Art. 257 del Código Penal y Art. 3 del Código Procesal Penal de la Nación).
  • JAIME ANDRÉS ALBA NORTES, absuelto por falta de acusación fiscal, del delito de cohecho activo agravado respecto de los hechos encuadrados en el caso N° 14, por los cuales fuera oportunamente requerido (Art. 258 segunda disposición en función del Art. 257 del Código Penal).
  • LUIS FRANCISCO ÁLVAREZ LÓPEZ, absuelto por falta de acusación fiscal, del delito de cohecho activo agravado respecto de los hechos encuadrados en el caso N° 11, por los cuales fuera oportunamente requerido (Art. 258 segunda disposición en función del Art. 257 del Código Penal).
  • LUCIANO EZEQUIEL BENTO BOIZA, absuelta por falta de acusación fiscal, del delito de lavado de activos agravado, respecto de los hechos por los cuales fuera oportunamente requerido (Art. 303 incisos 1 y 2, apartados a y b -texto según ley 26.683).
  • OCTAVIO NICOLAS BILLI VILLAVERDE, absuelto por falta de acusación fiscal, del delito de cohecho activo agravado respecto de los hechos encuadrados en el caso N° 13, por los cuales fuera oportunamente requerido (Art. 258 segunda disposición en función del Art. 257 del Código Penal)
  • LEANDRO EMANUEL CIROT MALDONADO absuelto por falta de acusación fiscal, del delito de cohecho activo agravado respecto de los hechos encuadrados en el caso N° 1, por los cuales fuera oportunamente requerido (Art. 258 segunda disposición en función del Art. 257 del Código Penal).
  • JAVIER LEÓNIDAS ANGELETTI RATFOPOL, absuelto por falta de acusación fiscal, respecto del hecho encuadrado en el caso N° 2; y por el beneficio de la duda, respecto de los delitos de asociación ilícita y cohecho activo agravado, respecto de los hechos encuadrados en los casos N° 7 y 15, por los cuales fuera oportunamente requerido (Art. 258 segunda disposición en función del Art. 257 del Código Penal y Art. 3 del Código Procesal Penal de la
  • Nación).
  • WALTER ANÍBAL COSTA SGRÓ, absuelto por el beneficio de la duda, del delito de cohecho activo agravado respecto de los hechos encuadrados en el caso N° 7, por los cuales fuera oportunamente requerido (Art. 258 segunda disposición en función del Art. 257 del Código Penal y Art. 3 del Código Procesal Penal de la Nación).
  • CRISTIAN OSCAR OLIVA SUÁREZ, absuelto por el beneficio de la duda, del delito de cohecho activo agravado respecto de los hechos encuadrados en el caso N° 15, por los cuales fuera oportunamente requerido (Art. 258 segunda disposición en función del Art. 257 del Código Penal y Art. 3 del Código Procesal Penal de la Nación).
  • OMAR ARMANDO RODRÍGUEZ CICHINELLI, absuelto por el beneficio de la duda, del delito de cohecho activo agravado respecto de los hechos encuadrados en el caso N° 5, por los cuales fuera oportunamente requerido (Art. 258 segunda disposición en función del Art. 257 del Código Penal y Art. 3 del Código Procesal Penal de la Nación).
  • FACUNDO MARIANO ALZOGARAY SÁNCHEZ, absuelto del delito de cohecho activo agravado respecto de los hechos encuadrados en el caso N° 13, por los cuales fuera oportunamente requerido (Art. 258 segunda disposición en función del Art. 257 del Código Penal).
  • CARLOS FEDERICO BARÓN KNOLL, absuelto del delito de cohecho activo agravado respecto de los hechos encuadrados en el caso N° 13, por los cuales fuera oportunamente requerido (Art. 258 segunda disposición en función del Art. 257 del Código Penal).ABSOLVER a FRANCISCO NICOLÁS
  • CASTRO NAVARRO, absuelto del delito de cohecho activo agravado respecto de los hechos encuadrados en el caso N° 13, por los cuales fuera oportunamente requerido (Art. 258 segunda disposición en función del Art. 257 del Código Penal).

Sentencia causa Walter Bento