Revocan el sobreseimiento y exigen reabrir una causa contra un periodista de C5N por revelación de secretos vinculados a tareas de inteligencia
La Cámara Federal Porteña ordenó indagar a Pablo Duggan por difundir en su programa la identidad de un presunto exespía.
Pablo Duggan, periodista.
Captura de video C5NEn un fallo unánime, la Cámara Federal porteña revirtió la resolución del juez Sebastián Ramos, quien había sobreseído al periodista Pablo Duggan por la presunta revelación de secretos vinculados a tareas de inteligencia. Los jueces Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi consideraron que existen elementos suficientes para seguir investigando si incurrió en un delito al difundir en su programa de televisión la imagen y los datos filiatorios de una persona señalada como ex agente de inteligencia.
La causa se originó en agosto de 2024, con la denuncia de dos abogados en representación de una persona de identidad reservada, luego de que el periodista mencionara al aire su nombre, su imagen y la supuesta actividad que vinculó con tareas de filmación ilegal de manifestantes en las inmediaciones del domicilio de la ex vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, en la esquina de Juncal y Uruguay. Los hechos ocurrieron en los días posteriores a que el fiscal Diego Luciani solicitara al TOF 2 una condena de 12 años de prisión en la causa “Vialidad” y pocos días antes del atentado en su contra.
Sebastián Ramos, magistrado a cargo del expediente, dispuso el sobreseimiento de Duggan al considerar que su accionar no configuraba delito alguno. El juez argumentó que no había riesgo concreto para la seguridad nacional, que no estaba acreditado el carácter secreto de la información difundida y que el contenido podía estar amparado por el interés público, en el marco de una denuncia sobre un posible espionaje ilegal.
La investigación había sido delegada en el fiscal Eduardo Taiano, quien, en el marco de las medidas de prueba, solicitó información a la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE). El organismo indicó que “A” prestó servicios en esa cartera hasta el 1 de octubre de 2018. Posteriormente, la fiscalía pidió citar a indagatoria al periodista para imputarlo del delito de revelación de secretos políticos.
Sin embargo, el juez Ramos desestimó el pedido por entender que al no haberse formulado querella por injurias o calumnias, solo subsistía la posible comisión del delito de revelación de secretos promovida por el fiscal. En ese sentido, consideró que “no había una afectación al bien jurídico protegido”, es decir, a la seguridad de la Nación, “en tanto se trataba de un delito de peligro concreto, de resultado, que requería un riesgo real de lesión o, al menos, que aumentara su peligro”.
A criterio de Ramos, la conducta del periodista no produjo esa consecuencia. Además, señaló que la SIDE no radicó una denuncia penal —como sí lo ha hecho en otras oportunidades—, lo que a su entender evidenciaba la inexistencia del peligro alegado, motivo por el cual dictó el sobreseimiento.
La decisión fue apelada por Taiano, quien sostuvo que el tipo penal atribuido a Duggan no requería daño ni riesgo acreditado, sino que “alcanzaba con la posibilidad que generaba la revelación de la identidad del agente, pues ahí se consumaba la acción típica”. En ese marco, el fiscal sostuvo que la eventual realización de una actividad sospechosa por parte de “A” no justificaba la revelación de su identidad, ni la exhibición de su imagen, ni la mención de su actividad laboral. Además, consideró que la intención del periodista era que su audiencia conociera el secreto, por lo que no resultaba verosímil que desconociera el carácter confidencial de la información.
Finalmente, Taiano hizo hincapié en que lo secreto del caso es la identidad del agente: la asociación entre su nombre y apellido, su imagen y la actividad que realizaba para la Nación, información que solo puede ser desclasificada por la propia SIDE y que “no puede ser vulnerada escudándose en la libertad de prensa”. La apelación fue respaldada por el fiscal general José Luis Agüero Iturbe.
La defensa de Duggan, a cargo de Gregorio Dalbón, solicitó que se confirme el sobreseimiento, al considerar que no existía ningún elemento que demostrara un riesgo para la seguridad nacional. Asimismo, el letrado sostuvo que la información difundida tenía interés público, en tanto se refería a un hecho potencialmente delictivo vinculado a presuntas maniobras de inteligencia ilegal, y que el periodista actuó en el ejercicio legítimo de su profesión.
En el voto que lideró la decisión, el camarista Mariano Llorens hizo lugar al principal argumento del fiscal. En ese sentido, remarcó que la identidad de los agentes de inteligencia, incluso después de haber dejado sus funciones, continúa siendo confidencial por disposición legal.
“La obligación de guardar secreto subsiste no obstante el cese de las funciones”, recordó el tribunal, que además advirtió que la divulgación de esos datos “podría poner en peligro a los agentes, a sus vínculos y a las actividades en las que hubieran participado”. Bajo esa premisa, los jueces concluyeron que no era posible descartar la existencia de un delito en esta etapa inicial.
Al mismo tiempo, señalaron que aún no está claro si la información difundida tenía sustento suficiente ni si la persona señalada era efectivamente quien aparecía en las imágenes, lo que refuerza la necesidad de profundizar la investigación. También pusieron en duda que el interés público pueda invocarse de manera anticipada como justificación, al considerar que ese punto requiere mayor evidencia.
“La información calificada como secreta cuya revelación fue realizada” es uno de los ejes que deberán esclarecerse en el expediente, indicaron los magistrados, quienes ordenaron avanzar con nuevas medidas de prueba antes de adoptar una decisión definitiva.
Finalmente, los jueces Llorens, Bruglia y Bertuzzi ordenaron citar a indagatoria a Duggan, instancia en la que podrá brindar su versión de los hechos y ejercer su derecho de defensa.