Proponen reformas judiciales en hechos con delincuentes sorprendidos "infraganti"
El Gobierno presentó un proyecto para "fortalecer" la respuesta penal y agilizar la aplicación de penas en casos flagrantes, especialmente en delitos como robos, hurtos, encubrimientos, entre otros.
Operativos policiales en Mendoza.
Alf Ponce Mercado/MDZ
El Gobierno Provincial presentó un proyecto de ley a la Legislatura con el objetivo de mejorar los procedimientos y actuaciones judiciales en casos en los que ocurran delitos en flagrancia, es decir, donde la persona es sorprendida y detenida en el mismo momento en el cual está cometiendo el delito.
El proyecto que presentó el Poder Ejecutivo plantea modificaciones en el procedimiento de flagrancia del Código Procesal Penal de Mendoza, que se rige en la ley 6.730.
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Entre los puntos importantes, se busca "mejorar" la eficacia del sistema de justicia penal en este tipo de casos de flagrancia, a través de un equilibrio entre la celeridad del proceso con la solidez del mismo trabajo, "en resguardo de los derechos de las víctimas, de la sociedad y de las personas sometidas a proceso”.
No obstante, sostuvieron que el régimen actual "presenta deficiencias que dificultan su aplicación práctica y generan, en ciertos casos, resultados contrarios a los fines para los cuales fue concebido”.
"El procedimiento de flagrancia requiere ajustes específicos, con plazos más realistas, sin sacrificar celeridad, claridad en la oportunidad para debatir prisión preventiva,-mecanismos para evitar que casos complejos se tramiten indebidamente por flagrancia y coordinación efectiva de los organismos de gestión y especialización del Ministerio Público Fiscal", plantearon.
Ampliación de plazos
Entre las modificaciones, la primera plantea la prisión preventiva en casos de flagrancia, que no está contemplada particularmente en la ley actual. En este caso, se deberá solicitar "en la audiencia inicial" con el objetivo de que en un mismo acto se debatan las medidas de coerción y la eventual resolución anticipada del proceso, evitando fragmentaciones "innecesarias", audiencias superpuestas y optimizando recursos humanos.
De esta forma, no se flexibilizan los plazos, argumenta el Gobierno, sino que se "operativiza" con "mejor información probatoria".
Según el ministerio de Seguridad, que conduce Mercedes Rus, se introducen plazos "razonables" para definir estas conductas y "garantiza coherencia con el juicio por jurados", así como también al "reforzar la participación de las víctimas".
La ministra de Seguridad, Mercedes Rus
Respecto a los plazos, habrá -según lo planteado en el texto- 10 días hábiles desde la aprehensión o imputación para solicitar la audiencia inicial, y podría prorrogarse por otros 10 días más "en caso de que se requieran pruebas imprescindibles”. El texto advierte que la redacción anterior contenía “plazos exiguos e inflexibles” que derivaban “en procesos truncos o debilitados por falta de prueba suficiente y riesgo de nulidades”.
Esta ampliación de plazos que se propone desde el Gobierno servirá para "recabar pruebas esenciales" que no consiguen los fiscales en los actuales plazos "exiguos". "Valga como ejemplo la pericia científica de funcionamiento de un arma en caso de portación de arma de fuego o la pericia psiquiátrica requerida por el Artículo 97 del Código Procesal Penal", entre otros.
El proyecto en su nuevo artículo 439 también fija límites estrictos, al determinar que la audiencia de finalización deberá fijarse “dentro de los 4 días hábiles” y que “en ningún caso la audiencia de finalización podrá fijarse con posterioridad a los 30 días hábiles contados desde la imputación formal”. Si ese plazo se supera, “el proceso continuará por el procedimiento común”.
La audiencia de finalización, en tanto, se concebirá como un debate concentrado, ya que el MPF "formulará la acusación oral, se oirá al imputado, se recibirán testimonios y pericias y se incorporará la prueba instrumental y digital obtenida”. Concluido el debate, el Juez "dictará sentencia en el acto” o podrá diferir los fundamentos por hasta 3 días hábiles.
El Ejecutivo destaca que la redacción de estos artículos “representa un paso esencial para consolidar la confianza ciudadana en el procedimiento de flagrancia” y que se trata de “una reforma equilibrada y pragmática, que atiende a los intereses de la sociedad mendocina, garantizando el funcionamiento eficaz del sistema judicial en su conjunto”.
Finalmente, la iniciativa prevé que la Suprema Corte, los organismos de gestión (OGAP) y la Procuración General deberán adecuar sus estructuras y protocolos para asegurar la implementación, lo que consolida, según el texto, “un sistema coherente, homogéneo y eficiente para toda la provincia”.
Especialización y adecuación institucional
Otro de los ejes centrales del proyecto es la reorganización interna del Ministerio Público Fiscal.
La Procuración General deberá conformar equipos especializados para el impulso, litigación y soporte técnico de las causas de flagrancia, con dedicación exclusiva y formación específica. El Gobierno sostiene que esta estructura permitirá mejorar la capacidad de respuesta y garantizar intervenciones rápidas y consistentes.
El proyecto también ordena que la Suprema Corte y los organismos de gestión adecuen sus protocolos y turnos para asegurar que los plazos previstos en la ley se cumplan efectivamente en toda la provincia.


