Mendoza estableció un protocolo para regular las llamadas al SEC desde las escuelas
El Ministerio de Salud y Deportes aprobó un protocolo oficial que será de cumplimiento obligatorio en todas las instituciones educativas de la provincia.
Mendoza estableció un protocolo obligatorio para las llamadas al SEC en el ámbito escolar
Santiago Tagua/MDZEl Ministerio de Salud y Deportes de la Provincia de Mendoza oficializó este miércoles la Resolución Nº 214, mediante la cual se aprueba e implementa el “Protocolo Oficial para la Activación del Servicio de Emergencias Coordinado (SEC)” en el ámbito de los establecimientos educativos.
La medida, publicada en el Boletín Oficial, responde al incremento sostenido de llamados al sistema de emergencias desde escuelas y a la necesidad de ordenar el uso de un recurso considerado crítico dentro del sistema sanitario provincial.
Según se detalla en los fundamentos, el Servicio de Emergencias Coordinado constituye un dispositivo destinado a atender “situaciones de urgencia y emergencia con riesgo real o potencial para la vida”, por lo que se busca optimizar su disponibilidad operativa y evitar activaciones que no respondan a criterios médicos estrictos.
Criterios estrictos
Uno de los puntos centrales de la resolución establece que el único canal formal para activar el Servicio de Emergencias Coordinado será el número *911, “no admitiéndose vías alternativas, informales o directas”.
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El texto también precisa que el asesoramiento telefónico que eventualmente brinde el SEC “tiene carácter orientativo y preliminar” y que “no sustituye la aplicación del presente Protocolo por parte de la institución educativa”. Además, aclara que ese acompañamiento telefónico “no exime a los responsables del establecimiento escolar de la responsabilidad de identificar signos de alarma, brindar primeros auxilios básicos y documentar el evento conforme a la normativa vigente”.
La normativa determina que la activación del sistema deberá realizarse “exclusivamente ante la presencia de situaciones clasificadas como emergencia o urgencia médica”, conforme a los criterios técnicos incluidos en el Anexo I. También deja expresamente establecido que no corresponde solicitar el servicio ante situaciones que puedan resolverse con primeros auxilios básicos, derivación programada o intervención familiar.
Obligaciones para escuelas públicas y privadas
La Resolución Nº 214 fija que el protocolo será de cumplimiento obligatorio para establecimientos educativos de gestión estatal y privada en todo el territorio provincial, así como para el personal docente, directivo, no docente y equipos profesionales que desarrollen actividades en el ámbito escolar.
Entre las responsabilidades institucionales, se dispone la difusión obligatoria de la norma y sus anexos, la capacitación básica del personal en identificación de emergencias y primeros auxilios, la correcta aplicación del procedimiento antes, durante y después de cada evento, y el registro de todas las actuaciones realizadas.
La resolución también aprueba tres anexos obligatorios: los criterios oficiales de emergencia, urgencia y no emergencia en el ámbito escolar; una guía operativa de identificación de emergencias y primeros auxilios básicos para personal no médico; y un flujograma oficial de actuación.
La medida entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y será comunicada al Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y a la Dirección General de Escuelas para su difusión en todos los niveles educativos.
La resolución publicada en el Boletín Oficial

