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$LIBRA: la Justicia descartó como querellantes a Mónica Frade y Maximiliano Ferraro

El magistrado Marcelo Martínez De Giorgi consideró que los diputados no demostraron un perjuicio personal y directo de la caída de la criptomoneda.


El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi rechazó el pedido de los diputados nacionales Mónica Frade y Maximiliano Ferraro para constituirse como querellantes en la causa que investiga al Presidente Javier Milei y a su hermana Karina por el surgimiento y posterior caída de la criptomoneda $LIBRA.

El magistrado consideró que, aunque ambos legisladores tienen un interés institucional en el esclarecimiento de los hechos que denunciaron, no acreditaron haber sufrido un perjuicio personal, directo y concreto que les permita asumir el rol de acusadores particulares.

Frade y Ferraro habían solicitado ser tenidos como acusadores particulares tras argumentar que habían intervenido como denunciantes y que, por su condición de diputados nacionales, ejercen funciones de fiscalización y control sobre el Poder Ejecutivo y la administración de los recursos públicos.

Ambos legisladores sostuvieron que los hechos investigados podrían configurar, entre otros delitos, cohecho pasivo agravado, tráfico de influencias y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas. De acuerdo a su planteo, esas conductas habrían afectado el funcionamiento de la administración, la transparencia de las decisiones estatales y sus propias tareas parlamentarias de control.

Los fundamentos del rechazo judicial y la distinción sobre el interés institucional

Sin embargo, el juez Martínez De Giorgi, entendió que dichos argumentos no alcanzan para convertirlos en querellantes. A su criterio, la normativa establece que puede asumir ese rol quien resulte “particularmente ofendido” por un delito de acción pública y, que, debe existir un interés “directo, inmediato y personal” derivado del hecho investigado.

En ese sentido, el magistrado sostuvo que la condición de diputados nacionales les concede un “especial interés institucional” en que los hechos sean esclarecidos, pero no demuestra una afectación individual. El perjuicio invocado, explicó, está relacionado con el adecuado funcionamiento de la administración pública y con las atribuciones generales de control que tiene el Congreso.

Para el juez, reconocer como suficiente ese interés institucional implicaría admitir que cualquier legislador podría presentarse como querellante en una investigación relacionada con el funcionamiento de la administración estatal. Según la resolución a la que tuvo acceso MDZ, dicha posibilidad no se ajustaría al requisito específico que exige la figura del “particularmente ofendido”.

Por otra parte, Martínez De Giorgi también descartó que la condición de denunciantes les otorgara automáticamente legitimación para ser querellantes. “La facultad de poner en conocimiento de la autoridad judicial la posible comisión de un delito de acción pública no se identifica con la legitimación requerida para asumir el rol de querellante”, señaló