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Estos son los senadores que integrarán el órgano encargado de sancionar y destituir jueces

La Cámara Alta nombró a los siete legisladores que integrarán el Jury de Enjuiciamiento, que se reunirá periódicamente en el Poder Judicial. Cómo está compuesto el organismo.


Este martes, la Cámara de Senadores de Mendoza nombró a sus representantes que integrarán la Comisión de Jury de Enjuiciamiento, órgano encargado de sancionar y destituir a miembros del Poder Judicial.

Tal como marca el artículo 164 de la Constitución Provincial, el organismo contempla a 21 miembros, que son los siete ministros de la Suprema Corte de Justicia; siete senadores y siete diputados (con participación de mayorías y minorías).

El ingreso al Poder Judicial de Mendoza se rindió hace tres meses Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

Poder Judicial de Mendoza Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

Quiénes son los senadores elegidos

Desde Cambia Mendoza, los titulares serán Martín Kerchner Tomba, Alejandro Diumenjo, Natalia Eisenchlas y David Saez; mientras que el Partido Justicialista designó a Mauricio Sat y Helio Perviú. En tanto, desde La Unión Mendocina, Ariel Pringles será su único representante.

Por otro lado, los suplentes serán: por Cambia Mendoza, María Beatriz Galiñares, Gustavo Soto, Marcelino Iglesias y Ángela Floridia; por el PJ, Pedro Serra y Mercedes Derrache; y por La Unión Mendocina, Valentín González. Estos legisladores reemplazarán a los titulares "en caso de recusación, excusación o impedimento debidamente justificado".

Los legisladores designados duran un año en sus funciones. En caso de cesación, el suplente o subrogante legal asume inmediatamente. Sus mandatos pueden prorrogarse mientras dure su condición de legisladores, exclusivamente para finalizar causas iniciadas durante el período correspondiente.

Actualmente, el órgano es presidido por el titular de la Suprema Corte, Dalmiro Garay, acompañado por el resto de los ministros. Las sesiones se realizan en la sede del máximo tribunal, aunque puede constituirse fuera de ella con todos sus miembros o con la mitad más uno como mínimo, salvo que el cuerpo autorice, por mayoría absoluta, un número menor.