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OSFA: el Gobierno habilitó un nuevo régimen de administración y fijó aportes patronales del 8%

El Gobierno aprobó el régimen administrativo, patrimonial, contable y de control de la Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), creada este año como ente autárquico. El decreto establece nuevas reglas para su funcionamiento, administración de recursos, contrataciones, control interno y gestión de bienes.

El canciller Pablo Quirno y el ministro de Defensa Carlos Presti.

El canciller Pablo Quirno y el ministro de Defensa Carlos Presti.

Ministerio de Defensa

El Poder Ejecutivo aprobó mediante el Decreto 986/2026 el régimen que establece cómo funcionará administrativamente la Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), el organismo creado en febrero de este año dentro del Ministerio de Defensa.

La medida busca poner en funcionamiento los mecanismos necesarios para que la OSFA pueda administrar su presupuesto, recursos y patrimonio de acuerdo con las normas que rigen al sector público nacional, pero manteniendo las facultades propias que le fueron otorgadas como ente autárquico.

Uno de los principales cambios es que la OSFA contará con un esquema específico para administrar sus recursos y gastos. El régimen contempla la articulación entre el presupuesto, la programación financiera, la contabilidad, la gestión de bienes, las contrataciones y los sistemas de información.

El decreto también establece reglas para garantizar una mayor trazabilidad de las operaciones y consistencia de la información. En otras palabras, busca que los movimientos económicos y administrativos de la obra social puedan ser registrados, controlados y auditados bajo procedimientos definidos.

En materia patrimonial, la administración de los bienes de la OSFA deberá ajustarse al régimen general establecido para los organismos estatales mediante el Decreto 1382/2012 y sus normas reglamentarias. Esto alcanza a la gestión y registración de los bienes que estén bajo responsabilidad del organismo.

El nuevo esquema también determina quién tendrá las principales responsabilidades dentro de la estructura de la OSFA. El Directorio conserva las competencias que le fueron asignadas cuando se creó el organismo, mientras que el presidente tendrá las facultades de autorizar y aprobar gastos y ordenar los pagos como máxima autoridad ejecutiva en materia financiera.

Otro punto central es el control interno. La OSFA deberá contar con una Unidad de Auditoría Interna (UAI) vinculada a la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Administración Financiera. De esta manera, sus operaciones quedarán alcanzadas por los mecanismos de control previstos para los organismos del sector público nacional.

El decreto fija además en 8% la alícuota de las contribuciones patronales destinadas a la OSFA. El porcentaje se aplicará sobre los haberes del personal militar en actividad de las Fuerzas Armadas, del personal civil que trabaja en ellas y del personal civil que presta servicios en la propia obra social.

Finalmente, el Gobierno estableció un período de transición hasta que se aprueben los manuales, circuitos e instructivos definitivos. Durante ese lapso, la OSFA podrá utilizar de manera provisoria los procedimientos internos que ya hubiera adoptado, siempre que no contradigan el nuevo régimen. El decreto entrará en vigencia desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.