Edad de imputabilidad: el problema de la inconstitucionalidad y la participación de adolescentes en delitos
El Gobierno reabrió el debate por la baja de la edad de imputabilidad. Qué pasará con la seguridad pública con la detención de chicos de 13 años.
Baja de la edad de imputabilidad: cuánto mejorará la seguridad si un chico de 13 o 14 es detenido. Foto: Archivo MDZ
Por un lado están los casos concretos: chicos menores de 16 años, que es cuando pueden ser detenidos y juzgados -siempre en un régimen especial juvenil- que comenten delitos inclusos graves como homicidios y por otro, las estadísticas que indican que no son una cantidad significativa. El Gobierno nacional puso acelerador al proyecto que busca bajar la edad de imputabilidad a los 13 años. La duda está si esta decisión tendrá incidencia en la seguridad pública.
La ley penal juvenil formará parte de las sesiones ordinarias. La ministra de Seguridad de Mendoza, Mercedes Rus, salió públicamente a apoyar la iniciativa, anticipando que los legisladores nacionales de Cambia Mendoza avalarán la iniciativa. Consultadas las autoridades del peronismo de Mendoza por MDZ, aseguraron que aún no tienen una posición tomada.
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Cómo funciona hoy la edad de imputabilidad
Actualmente, la edad de punibilidad es a partir de los 16 años; es decir, que quienes tienen menos de 16, no pueden ser juzgados. Este requisito se estableció por el Régimen Penal de Minoridad promulgado en 1980, en los últimos años de la dictadura militar.
Los adolescentes de entre 16 y 18 años tampoco son juzgados por el mismo sistema que las personas adultas. Sólo pueden ser castigados, es decir son punibles, quienes cometan delitos con penas mayores a 2 años. Además, por tratarse de personas en formación, se considera a la privación de la libertad como una medida excepcional, solo aplicable en última instancia y siempre en institutos especializados, en el caso de Mendoza, en el exCose, actual Unidad de Internación de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil.
Por lo tanto, si se baja la edad, en lugar de ser de 16 años, se llevaría a los 13 años como quiere el presidente Javier Milei pero con estos parámetros que rigen para los jóvenes.
Qué dice el proyecto para bajar la edad de imputabilidad
El presidente oficializó este martes 27 de enero la ampliación de los temas de las sesiones extraordinarias del Congreso para abrir el debate sobre la baja de la edad de imputabilidad. La medida fue oficializada a través del Decreto 53/2026 publicado en el Boletín Oficial, el cual lleva las firmas del mandatario y de su vocero y actual ministro, Manuel Adorni.
En su Artículo 1°, ordena: “Inclúyese en el temario a tratar por el Congreso de la Nación, durante el período de Sesiones Extraordinarias convocadas a partir del 2 de febrero de 2026, la consideración de los Proyectos de Ley vinculados al Régimen Penal Juvenil”.
En ese sentido, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, analizó ante una radio porteña que: “El joven de 1980 no es el del 2026. Hoy, producto de la droga, de la violencia y muchos factores hay muchísimos crímenes. Se hizo un listado de delitos aberrantes. Muchas veces utilizan a los menores para cometer delitos de mayores y, al ser inimputables, se cree que no comprenden la criminalidad del acto y no se los juzga. Hubo hechos tremendos, sangrientos, cometidos por chicos de 12 o 14 años".
Por qué la baja de la edad de imputabilidad no sería constitucional
El abogado Federico Abalos, explicó: "La propuesta de reducir la edad de imputabilidad penal a los 13 años vuelve cíclicamente al debate público argentino, casi siempre impulsada por episodios delictivos que generan conmoción social. Sin embargo, más allá de la comprensible demanda de respuestas, el análisis jurídico serio obliga a formular una advertencia clara: una reforma de ese tipo resulta incompatible con el bloque de constitucionalidad federal vigente en la Argentina".
En ese sentido, agregó: "Es cierto que la Constitución Nacional no establece expresamente una edad mínima de imputabilidad penal. Pero desde la reforma de 1994, el control de constitucionalidad no puede realizarse de manera aislada del derecho internacional de los derechos humanos incorporado con jerarquía constitucional por el artículo 75 inciso 22. En ese marco, el margen de configuración legislativa en materia penal juvenil se encuentra jurídicamente condicionado. La Convención sobre los Derechos del Niño, que posee jerarquía constitucional, obliga a los Estados a organizar un sistema de justicia juvenil diferenciado, excepcional y orientado primordialmente a la reintegración social del niño. El artículo 40 del tratado no autoriza la criminalización penal temprana ni la asimilación del niño al régimen penal de adultos, sino que exige un tratamiento acorde a su edad, madurez y condición de persona en desarrollo".
Además, sostuvo: "Si bien la Convención no fija una edad mínima numérica, su interpretación auténtica ha sido desarrollada por el Comité de los Derechos del Niño, órgano creado por el propio tratado para supervisar su cumplimiento. En sus Observaciones Generales N.° 10 (2007) y N.° 24 (2019), el Comité sostuvo de manera expresa que una edad mínima de imputabilidad inferior a los 14 años resulta incompatible con la Convención, recomendando incluso avanzar hacia umbrales más elevados. Este estándar no puede ser desatendido por el Estado argentino sin incurrir en responsabilidad internacional".
Por otro lado, afirmó que: "La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha consolidado esta interpretación al afirmar reiteradamente que los niños y adolescentes son sujetos de protección reforzada y que el derecho penal debe operar como última ratio. En su jurisprudencia ha advertido que la utilización temprana del castigo penal vulnera los principios de especialidad, proporcionalidad y finalidad resocializadora que deben regir todo sistema de justicia juvenil".
Respecto de los consensos, dijo: "Desde la doctrina penal y procesal penal argentina, existe un consenso relevante en torno a que la imputabilidad penal presupone una capacidad real de comprensión del injusto y de autodeterminación conforme a esa comprensión. Esa capacidad no puede establecerse mediante presunciones automáticas a edades tempranas sin afectar principios estructurales del derecho penal liberal y del modelo de protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes adoptado por el ordenamiento jurídico argentino"
En ese sentido, agregó: "A ello se suma un dato empírico insoslayable: no existe evidencia seria de que la reducción de la edad de imputabilidad penal produzca una disminución del delito. Por el contrario, los organismos internacionales especializados han advertido que la criminalización temprana incrementa la exclusión social y la reincidencia, profundizando los factores que el propio Estado debería prevenir".
Por eso, dijo que: "Desde el punto de vista institucional, el Congreso de la Nación puede formalmente sancionar una ley que reduzca la edad de imputabilidad. Sin embargo, la validez formal no equivale a constitucionalidad material. Una norma que fije la imputabilidad penal en los 13 años se encontraría en abierta tensión con los compromisos internacionales asumidos por la Argentina y sería altamente vulnerable frente a un control de constitucionalidad y de convencionalidad conforme a los estándares vigentes. El derecho penal no puede funcionar como sustituto de políticas públicas fallidas. Cuando el Estado adelanta la respuesta punitiva, lo que hace en realidad es reconocer que llegó tarde con la educación, la contención y la prevención. La seguridad no se construye castigando antes, sino cumpliendo la Constitución y los tratados que el propio Estado se obligó a respetar".
Los reveladores datos de Mendoza sobre los menores que afectan la seguridad pública
La Coordinación del Fuero Penal Juvenil, del Poder Judicial, hizo un informe sobre los años 2023 y 2024 en Mendoza. Allí se explicita que durante el año 2023 se iniciaron 486 expedientes tutelares derivados de causas penales con y de menores, que involucraron en total a 427 adolescentes en toda la provincia. En el año 2024, los números son similares: en todo el territorio mendocino se abrieron 462 expedientes tutelares derivados de causas penales con y de menores que involucraron a 349 adolescentes.
Respecto de la participación conjunta con adultos, los resultados no son representativos respecto de la totalidad de delitos cometidos por adolescentes en nuestra provincia. Del total de expedientes penales recibidos durante el 2023 que involucraban a menores, solamente 165 correspondían a causas que tenían participación conjunta con adultos; en tanto que la suma en 2024 corresponde a 135 causas, es decir un número levemente menor.
Otro punto relevante es la relación con los delitos, el total de expedientes trabajados por el fuero penal juvenil durante el año 2023, el 62% respondían a hechos delictivos contra la propiedad, es decir, robos y hurtos. Solamente el 6% de los casos trabajados tuvieron por motivo un delito de aquellos tipificados contra las personas, y un 9% representaron delitos contra la integridad sexual. En el período 2024 los porcentajes son levemente inferiores: 61% corresponden a delitos contra la propiedad, 5% contra las personas y 8% delitos contra la integridad sexual.
La postura de la Iglesia Católica sobre la baja de la edad a los 13 años
El año pasado, cuando se conoció que el Gobierno impulsaría el proyecto, la Iglesia Católica también se expresó sobre el tema. “La solución no pasa por bajar la edad de imputabilidad, sino por asumir cambios profundos que atiendan las causas de esta realidad que nos interpela”, señalaron desde la Comisión Episcopal de Pastoral Social, presidida por monseñor Dante Braida, obispo de La Rioja.
Bajo el lema “Más oportunidades que penas”, el comunicado indica que “desde hace muchos años, la sociedad argentina padece las consecuencias de políticas públicas que no han sido capaces de crear una cultura del trabajo inclusiva, que permita a todas las familias vivir con dignidad y alcanzar un desarrollo humano integral. Esto ha generado múltiples problemas, entre ellos la inseguridad y la delincuencia juvenil”.
La Iglesia expresó su solidaridad con las víctimas de la violencia, incluso en aquellos casos donde los delitos fueron cometidos por adolescentes no punibles, “en ocasiones con violencia extrema que deja heridas difíciles de cerrar”. Sin embargo, cuestionaron: “Ante estas situaciones dolorosas, se fortalecen propuestas que ponen el foco en los menores como si fueran los principales responsables de los delitos”.
Finalmente, la Comisión Episcopal citó datos del Sistema Nacional de Información Criminal – Sistema Alerta Temprana del Ministerio de Seguridad de la Nación, que revelan que “los menores no son quienes más delitos cometen” y que “los jóvenes inculpados por delitos conforman un porcentaje muy bajo del total”. Por ejemplo, en los robos de automotores, los adolescentes de 15 años representaron el 4,74 % de los inculpados en 2023, mientras que los de 16 y 17 años sumaron un 8,75 %. En los homicidios dolosos, las personas menores de 14 años fueron el 0,64 % y aquellas entre 15 y 19 años, el 13,12 %.



