Crimen de Mariano Ferreyra: condenaron a un exjuez federal por encubrimiento
El Tribunal Oral Federal 8 dispuso la pena de 5 años de prisión para Octavio Aráoz de Lamadrid luego de probar que fue el nexo entre un exespía, directivos ferroviarios y empleados de la Cámara Nacional de Casación, para manipular el sistema de sorteos y beneficiar a los responsables del homicidio del joven militante en 2010.
El exjuez federal Octavio Aráoz de Lamadrid fue condenado a la pena de 5 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por su participación en el encubrimiento del asesinato de Mariano Ferreyra, el militante del Partido Obrero asesinado el 20 de octubre de 2010 durante una protesta de trabajadores tercerizados del ferrocarril Roca en el barrio porteño de Barracas.
Aráoz de Lamadrid desempeñó funciones en la Cámara Nacional de Casación Penal como secretario y fue señalado como el puente entre el fallecido espía y "lobbista" Juan José Riquelme, funcionarios de la Sala III del máximo tribunal penal del país y personas del entorno de Juan José Pedraza, por entonces líder de la Unión Ferroviaria, José Pedraza, que fue condenado por haber sido el instigador del crimen. Riquelme estaba acusado como autor del delito de tráfico de influencias agravado, en concurso real, con cohecho activo, pero tras su fallecimiento, la acción penal en su contra quedó extinta.
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Por otra parte, los magistrados del TOF 8 Gabriela López Iñiguez, Sabrina Namer y Nicolás Toselli dispusieron la pena de 3 años de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos para Luis Ameghino Escobar, quien tenía a su cargo el sistema informático de asignación de jueces de la Cámara de Casación Penal, por considerarlo partícipe necesario del delito de tráfico de influencias agravado.
En tanto, el tribunal consideró que, si bien la conducta del exvicepresidente de Belgrano Cargas y antiguo contador de la Unión Ferroviaria, Ángel Stafforini, encuadraba como la de partícipe necesario de cohecho agravado por tratarse de un funcionario público, se determinó su absolución tras considerar que el delito estaba prescrito. Misma suerte judicial tuvo Susana Planas, exdirectora suplente de Belgrano Cargas, luego que el fiscal Marcelo Colombo se abstuviera de acusarla durante su alegato.
Asimismo, los magistrados dispusieron la prohibición de salida del país de Aráoz de Lamadrid, la entrega de su pasaporte y el régimen de presentación trimestral en el tribunal; mientras que a Ameghino Escobar le ordenaron fijar domicilio, realizar trabajos no remunerados en favor del Estado o entidades durante 8 horas mensuales.
Durante su exposición en el tramo final del juicio, el fiscal Colombo aseguró que existió “un pacto” destinado a “detener a como fuera lugar el avance de la investigación”, por el crimen de Ferreyra, especialmente durante los primeros meses posteriores al asesinato. En su valoración de la prueba, el acusador concluyó que las escuchas telefónicas reunidas permitieron reconstruir una red de contactos, negociaciones y gestiones clandestinas para favorecer a los acusados del homicidio.
El TOF 8 dio por probada la existencia de un acuerdo para el encubrimiento del crimen y el pago de 50 mil dólares entre los funcionarios judiciales y los ferroviarios para frenar el avance de la causa principal, influir sobre magistrados y conseguir beneficios para los imputados por el homicidio, entre ellos
El asesinato de Mariano Ferreyra se produjo durante una protesta de trabajadores tercerizados que reclamaban el pase a planta permanente en la línea Roca. La investigación judicial determinó que una patota de la Unión Ferroviaria atacó a los manifestantes con armas de fuego mientras fuerzas policiales liberaban la zona. Ferreyra recibió un disparo en el pecho y murió pocas horas después. Por el ataque también resultaron heridas Elsa Rodríguez, Ariel Pintos y Nelson Aguirre.
En 2013, el Tribunal Oral en lo Criminal n.º 21 condenó a Pedraza a 15 años de prisión como instigador del homicidio, mientras que Cristian Favale y Gabriel Sánchez recibieron penas de 18 años como autores materiales del crimen. El caso se convirtió en uno de los hechos más emblemáticos de violencia sindical y presunta connivencia entre sectores gremiales, operadores judiciales y fuerzas de seguridad.




