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Con enojos en la Rosada, el Senado debate un paquete de Propiedad Privada no deseado

El Senado iba a debatir el paquete completo este jueves, pero fue eliminado el capítulo de Ley de tierras. El panorama en la región es diverso.


El Gobierno retiró el capítulo vinculado a la reforma de la Ley de Tierras Rurales para flexibilizar la adquisición de campos por parte de extranjeros. Los principales países de la región mantienen esquemas que, con alcances diversos, siguen regulando esas operaciones.

El texto planteaba un giro de fondo respecto del régimen actual: eliminar las restricciones para que personas físicas y empresas privadas extranjeras compren tierras rurales, aunque mantenía los controles cuando los compradores son Estados extranjeros, empresas públicas o sociedades bajo control de gobiernos.

Qué dice la ley argentina hoy

La Ley 26.737 vigente establece que los extranjeros no pueden concentrar más del 15% de las tierras rurales del país, un límite que se replica en cada provincia y en cada municipio.

Fija además un tope equivalente a 1000 hectáreas en la zona núcleo para un mismo titular extranjero y prohíbe adquirir inmuebles rurales situados sobre cuerpos de agua permanentes, glaciares y áreas consideradas estratégicas de frontera.

El Ejecutivo argumenta que esa legislación funciona como una traba para inversiones vinculadas a la forestación, el desarrollo de sistemas de riego y los cultivos permanentes, sobre todo en el NEA, Cuyo y la Patagonia.

De ahí la propuesta de separar el tratamiento de los inversores privados del que reciben los Estados extranjeros: los primeros podrían comprar sin los límites actuales, mientras que los gobiernos extranjeros, sus empresas y las sociedades que controlan seguirían sujetos a autorizaciones especiales y a un esquema de fiscalización más severo.

Un dato relativiza el debate: según cifras oficiales, alrededor del 6% de las tierras rurales argentinas está en manos de propietarios extranjeros, muy por debajo del máximo que la propia ley permite.

Brasil: el más restrictivo de la región

Brasil tiene uno de los regímenes más cerrados de Sudamérica. La Ley 5.709 determina que la propiedad extranjera no puede exceder el 25% de la superficie de un municipio y, además, que los compradores de una misma nacionalidad no pueden concentrar más del 10% del territorio municipal.

El control recae en el Instituto Nacional de Colonización y Reforma Agraria (INCRA), que lleva el registro y verifica el cumplimiento de esos topes. Si la reforma argentina prospera, el esquema local quedaría bastante más abierto que el brasileño.

Uruguay: sin prohibiciones, pero con lupa sobre los dueños

Del otro lado del río no existen prohibiciones generales para que extranjeros compren campos, aunque sí rigen exigencias de transparencia.

La normativa obliga a identificar a los accionistas de las sociedades que son titulares de tierras rurales, a registrar la composición societaria y a garantizar la trazabilidad de la propiedad.

El Parlamento uruguayo, además, analiza distintos proyectos para reforzar los controles sobre estas adquisiciones, en especial en zonas de frontera. Con la modificación que propone el Ejecutivo argentino, el país pasaría a tener un régimen más flexible que el uruguayo.

Paraguay: alta extranjerización, pero con reglas

Paraguay muestra uno de los mayores niveles de participación extranjera en la propiedad rural de la región. Distintos estudios estiman que entre el 14% y el 19% del territorio pertenece a dueños extranjeros, y en algunos departamentos fronterizos ese porcentaje trepa hasta el 60%, impulsado sobre todo por inversiones brasileñas.

Los especialistas advierten, sin embargo, que ese nivel de extranjerización es el resultado de un proceso de décadas y convive con regulaciones específicas para la compra de tierras, por lo que no equivale a un régimen de apertura irrestricta.