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Causa Vialidad: la Justicia ordenó embargar el departamento donde Cristina Kirchner cumple prisión domiciliaria

El TOF2 dispuso una medida cautelar sobre la propiedad de San José 1111, en el marco de la segunda etapa del decomiso de bienes de los condenados en ese expediente. La decisión busca preservar los activos mientras se define su destino definitivo.


El Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) ordenó embargar de manera preventiva el departamento de la calle San José 1111, donde Cristina Kirchner cumple prisión domiciliaria por la condena en la causa Vialidad. La medida forma parte de una nueva tanda de embargos sobre propiedades y activos que podrían ser utilizados para cubrir el perjuicio económico fijado en el expediente.

La decisión de los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso no implica, por ahora, el decomiso ni la subasta del inmueble. El objetivo es evitar que los bienes sean transferidos, gravados o sustraídos de la jurisdicción mientras avanza el procedimiento destinado a determinar cuáles serán finalmente ejecutados.

El departamento de San José 1111 pertenece a Los Sauces, una sociedad vinculada a la familia Kirchner. Su inclusión en esta etapa se produjo después de que el fiscal Diego Luciani solicitara el decomiso de nuevos bienes para avanzar en el recupero del dinero que, según la sentencia, debe ser devuelto al Estado.

El monto que deben afrontar los condenados asciende, actualmente, a unos $685.000 millones, una suma derivada del perjuicio económico establecido en la causa por las irregularidades detectadas en la adjudicación de obra pública vial en Santa Cruz.

La primera etapa del decomiso comprende 111 propiedades y se encuentra pendiente de resolución definitiva por parte de la Corte Suprema.

En la resolución a la que accedió MDZ, donde el TOF 2 dispuso los nuevos embargos, los magistrados remarcaron que la condena determinó que la maniobra investigada generó “beneficios económicos directos para Lázaro Báez e indirectos para la familia Kirchner”. También señalaron que durante el período analizado existió una “conexión económica y comercial comprobada” entre el empresario y las sociedades vinculadas al grupo familiar.

Según el criterio adoptado por los magistrados Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu, los bienes incorporados a los patrimonios de los condenados durante el período comprendido entre 2003 y 2015 pueden quedar alcanzados por el decomiso. La resolución también contempla activos que hayan sido transferidos gratuitamente a terceros cuando se considere que están vinculados con el producto o beneficio del delito.