Avanza el proyecto para mayores sanciones y obligaciones para las aplicaciones de viajes
La iniciativa tuvo media sanción en la Cámara de Diputados. Cuáles son los principales cambios en mente.

El Gobierno de Mendoza presentó un proyecto de ley modificando la legislación que regula las plataformas de viajes.
Rodrigo D'Angelo / MDZLa Cámara de Diputados dio sanción inicial al proyecto de ley que actualiza el marco normativo del transporte a través de plataformas electrónicas, al endurecer sanciones y sumar obligaciones a las aplicaciones de viajes, tales como Uber y Cabify. Además, favorece la incorporación de vehículos eléctricos para este tipo de actividades.
La iniciativa modifica la legislación sancionada hace siete años en la provincia para sumar nuevas obligaciones para las aplicaciones y fija multas económicas.
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Los cambios en el proyecto a las aplicaciones de viajes
De acuerdo al texto, “el avance tecnológico y la proliferación de empresas de Redes de Transporte (ERT) que operan a través de aplicaciones digitales, ha generado la necesidad de regular aspectos de la prestación del servicio y de establecer las sanciones para las conductas que vulneran el marco legal”.
Así, incorpora nuevas obligaciones a estas empresas, tales como la prohibición expresa de publicitar, directa o indirectamente, conductas que contravengan la normativa vigente, reformula el régimen sancionatorio, diferenciando las competencias del Ente de la Movilidad Provincial (EMoP) y de la Autoridad de Aplicación de la Ley 9086 para disponer suspensiones temporales, inhabilitaciones definitivas y multas.
Además, amplía las causales de inhabilitación, incluyendo el incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones legales propias de esta modalidad de prestación del servicio de transporte y unifica criterios procedimentales y sancionatorios mediante la remisión expresa al régimen de la Ley 7412, dotando al Ente de la Movilidad Provincial de herramientas procesales más efectivas para la ejecución de multas.
Ayer, el titular de Transporte, Luis Borrego, explicó que se pedía la modificación de las multas "dado que hemos detectado la dificultad de cobro, lo que le quita al EMoP la posibilidad de un verdadero control y afecta al usuario por cuanto queremos un servicio bien reglamentado. La idea es facilitar el cobro sin vulnerar los derechos que tengan los permisionarios”, expresó Borrego.
De igual forma, indicó que “es necesario tener diferentes tipos de multas. Una tipificación que permita en forma progresiva, involucrar también la reiterancia para poder controlar de mejor manera. También se solicita modificar la publicidad ya que tenemos plataformas que hacen publicidad en contrario de lo que está previsto en la reglamentación, o la aplicación del servicio”.
Entre los cambios previstos a la Ley 9086, dispone que deberán abstenerse de asignar viajes a conductores que no cuenten con permiso de explotación otorgado por la Autoridad de Aplicación y vehículos debidamente registrados y habilitados ante la misma, como asimismo de realizar, por sí o por intermedio de terceros, cualquier tipo de publicidad, por cualquier medio o plataforma, que promueva, sugiera o incite al incumplimiento de las disposiciones legales vigentes aplicables al servicio.
En relación a las multas, plantea que el incumplimiento de las disposiciones de la presente Ley y su reglamentación, dará lugar a la suspensión temporal de la plataforma, por un plazo de hasta dos años; multas pecuniarias, conforme lo dispuesto por el Artículo 67 de la Ley 7412, o bien, inhabilitación definitiva de la plataforma.
En otro orden, desde el punto de vista ambiental, se favorecerá la presentación de los servicios de manera sustentable, ya que habla de la incorporación de vehículos eléctricos y para lograr esa inversión, desde el Estado se facilitará el ingreso de permisionarios que quieran incorporarse con vehículos eléctricos.
Se prevé la modificación del Artículo 53 de la Ley 9086, de forma tal que permite eximir a aquellas personas que decidan afectar vehículos eléctricos a la prestación del servicio de transporte privado por plataformas electrónicas de las limitaciones contenidas en el citado artículo, referidas a la titularidad del vehículo, tipos de personas que pueden solicitar el permiso y cantidad de permisos a otorgar a las mismas. Las modificaciones propuestas tienen como finalidad garantizar la equidad entre los distintos prestadores del servicio de transporte, adaptar la regulación del uso de las tecnologías aplicadas al transporte a las necesidades actuales, incentivar la movilidad sustentable y dotar al Estado provincial de mecanismos claros y eficientes de control y sanción.