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Condena a Godoy Cruz: recusaciones cruzadas a dos ministros en una causa caliente

El exfuncionario Martín Appiolaza y la comuna fueron condenados en segunda instancia por un caso de Violencia de Género y la causa llegó al máximo tribunal.
Foto: Alf Ponce Mercado/MDZ
Foto: Alf Ponce Mercado/MDZ

La Justicia provincial sigue de cerca el caso en el que la municipalidad de Godoy Cruz y un funcionario fueron condenados de forma concurrente en segunda instancia por violencia de género y una indemnización por $19 millones contra la víctima, Gabriela Peñaloza, una empleada municipal. 

El funcionario condenado es Martín Appiolaza, exdirector de la Dirección de Prevención, Participación Comunitaria y DDHH (actual director de Asesoría de Relaciones Institucionales), quien, junto a la comuna que lidera Diego Costarelli, decidieron llevar el tema al máximo tribunal provincial, la Suprema Corte de Justicia.

A comienzos de mes, su abogado, Joaquín Faliti, quien a su vez está vinculado al espacio de Hebe Casado (cuando estaba afiliada al Pro), presentó un recurso extraordinario provincia, con la intención que la Suprema Corte revise los fallos. 

Municipalidad de Godoy Cruz. (fachada del Concejo Deliberante). MDZ

Si bien se sabía que la municipalidad de Godoy Cruz y Appiolaza iban a apelar, la semana pasada se conoció quiénes serán los ministros de la Corte que tendrán el caso en sus manos, aunque no todo está confirmado. 

Ministros sorteados y especulaciones políticas

Según informó el Poder Judicial a MDZ Online, el presidente de la Suprema Corte, Dalmiro Garay; más los ministros Teresa Day y Julio Gómez, fueron sorteados para tomar esta causa, que también tiene tintes políticos en torno a que la comuna es administrada por el radicalismo, y por eso mismo se vincula al pasado de cada uno de los ministros y qué tipo de gobiernos los han impulsado en su momento (filoperonistas o filoradicales). 

Por ejemplo, Garay fue ministro de Gobierno de Alfredo Cornejo antes de ser propuesto en 2018 por el actual gobernador. Teresa Day tiene una amplia carrera judicial y fue propuesta por el exgobernador radical, Rodolfo Suare,  en 2020. Y Gómez juró en 2015 como ministro, propuesto por el peronista Francisco Pérez. 

Como ejemplo interesante de los intereses que hay dentro y fuera en términos políticos de la Suprema Corte de Justicia, Appiolaza recusó de antemano en este tema y “sin expresión de causa” a Mario Adaro, quien fue ministro de la Suprema Corte del peronista Celso Jaque, a partir del artículo 13 del Código Procesal Civil, que establece que “los Jueces pueden ser recusados en cada expediente sin expresarse la causa”. 

Mario Adaro fue recusado por la Defensa. Foto: MDZ

No obstante, también habrá una devolución de gentilezas por parte de la abogada Carolina Jacky, que representa a Peñaloza. Según pudo saber este medio, la letrada recusará a Teresa Day, como suele hacerlo en la mayoría de las causas que llegan a la Suprema Corte. 

Teresa Day será recusada por la querella. Foto: MDZ

Si bien aún no le han dado vista en la causa a la querella, es un hecho que sacarán del camino de esta causa a Day, que fue una de las sorteadas en este nuevo sistema que tiene la Suprema Corte.

Violencia de género

En resumen, Appiolaza fue denunciado por Gabriela Peñaloza ante la Justicia por violencia de género entre 2015 y 2021, mientras la mujer se desempeñaba como empleada de la propia Dirección que estaba a cargo de Appiolaza, en plena gestión del intendente Tadeo García Zalazar. 

Según la denuncia, recibió “situaciones de violencia vividas van desde la discriminación por orientación sexual y por su condición de discapacidad; la desvalorización de su trabajo y falta de reconocimiento a los proyectos desarrollados por ella; no cumplir con proveer del equipamiento especial necesario para ejercer sus funciones, como así tampoco actualizar su salario acorde a la categoría que, por antigüedad y responsabilidades, le corresponden”.

También señaló que hubo “discriminación por no pertenecer al partido político gobernante” y que “la desvalorizaba por ser mujer, dando prioridad a si los trabajos los presentaba un compañero de sexo masculino o ella”.

El caso lo tomó el juez de primera instancia, Fernando Games, y desestimó la denuncia, absolviendo a Appiolaza y a la comuna.

No obstante, la empleada apeló a la sentencia y la Segunda Cámara de Apelaciones en lo Civil de Mendoza dio vuelta ese fallo y determinó que sí hubo violencia de género y que deberán pagar $19 millones de indemnización de manera concurrente Apiolazza y la comuna hacia la víctima, “más intereses del 5% anual desde la fecha del hecho hasta la fecha de la presente sentencia y de allí en adelante los intereses de la ley 9516 hasta el efectivo pago”.

Dicho fallo fue unánime y votaron Silvina Furlotti, María Teresa Carabajal Molina y Gladys Marsala.

Recurso extraordinario

En su presentación ante la Corte, Appiolaza pidió a la Suprema Corte que “anule la resolución recurrida, en cuanto es motivo de agravios, por arbitrariedad al interpretar erróneamente las normas que rigen el caso e interpretar erróneamente las pruebas vertidas en juicio, case la resolución atacada, y, en ambos casos, se confirme el fallo de primera instancia”.

El documento de la defensa marca que una serie de supuestas "contradicciones" de la víctima, que "mezcla una serie de confusas acusaciones", tales como casos vividos de "discriminación por su orientación sexual y condición de discapacidad, desvalorización de su trabajo y falta de reconocimiento a los proyectos desarrollados por ella".

Para la defensa hay una "forzada y artificiosa versión de los hechos, acusando falsamente que existirían bromas, faltas de respeto y “boicots” contra la Sra. Peñaloza".

Además, sostuvieron que la demanda "es un compendio de falsas, mendaces e ímprobas acusaciones a mi mandante, las que jamás han sido acreditadas", y agregaron que se expusieron en dicha presentación. 

Martín Appiolaza, exfuncionario de Godoy Cruz condenado en segunda instancia. 

Entre los argumentos que marcaron, sostuvieron que es "falso" que le hayan encomendado "proyectos especiales por escapar a su competencia o funciones", y que el vínculo entre Appiolaza y Peñaloza arrancó en 2017 cumpliendo labores en el Departamento de Alarmas Comunitarias, "teniendo a su cargo la gestión de la base de datos". 

Y apuntaron: "El desempeño laboral de Peñaloza fue siempre pobre, de regular a insatisfactorio, haciendo que la convivencia de la actora con sus compañeros de trabajo y oficina se viese marcada con reiteradas situaciones de roces, llevando a que sus pares formulasen reiterados reclamos por malos tratos en contra de Peñaloza".

También agregaron que hubo una relación sentimental con un compañero de trabajo "que terminó en pésimos términos" y que Appiolaza "debió mediar entre las partes" y que fue motivo a futuro para " reconfigurar los grupos de trabajo, reasignando funciones al personal, gestionado cambios de oficina y reubicación del personal para evitarle a la Sra. Peñaloza el desempeño de tareas en un espacio físico que 'le resultaba traumatizante'".

"Luego de esto, la vinculación de Appiolaza con la agente se redujo sensiblemente, limitándose a comunicaciones esporádicas", expresaron.

Acusaron a Peñaloza de tener "numerosos reclamos" de vecinos por "maltrato telefónico"; y que se le dio acceso a un celular y notebook "accesible para personas con dificultades visuales", y que se le concedió la "liberación de marcado en el reloj de ingreso y salida", con mayor flexibilidad. 

Negaron los denunciados que existieran "agravios constantes" que denunció Peñaloza, así como también "bromas y comentarios denigrantes" por parte del exfuncionario de Godoy Cruz. También agregaron que fue iniciativa del propio Appiolaza que pudiera lograr ser efectivizada en planta permanente. 

"La demanda es un claro acto de difamación contra Appiolaza perpetrado por la actora buscando que el codemandado fuera apartado o desplazado de la Dirección que ostentaba", indicaron, y acusaron a Peñaloza de tener un "único propósito", que es el de "obtener un beneficio económico incausado a expensas de los demandados".

Por otro lado, entre los fundamentos presentaron el legajo personal del funcionario, y declaraciones testimoniales de empleados de la comuna. 

Dura crítica al fallo en segunda instancia

También valoraron el fallo en primera instancia, en el que se absolvió a Appiolaza; y argumentaron que el fallo de la Cámara de Apelaciones (firmado por Furlotti, Carabajal Molina y Marsala), en la que condenaron al funcionario y a la comuna, "presenta graves falencias que no pueden ser convalidadas por esta Excma. Suprema Corte".

"De su sola lectura se evidencia que el mismo resulta ser un fallo liviano, irrazonado y que no tiene concordancia alguna con el Derecho Positivo vigente y las probanzas acreditadas en autos así como el discurrir del mismo".

Para la defensa, el fallo en crisis "padece y adolece de varios vicios, errores y defectos que vician su validez, siendo deber de la Excma. SCJMza. anularla, dejarla sin efecto y confirmar el fallo de Primera Instancia".

Entre los "agravios", expresaron que hay "arbitrariedad" con "errores en la interpretación de hechos y pruebas" y "en la aplicación del derecho"; también sostuvieron que el dictamen pericial psicológica tiene "errores en el procedimiento"; y violación "del principio de congruencia".

Por último, hicieron reserva de un posible Recurso Extraordinario Federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El recurso presentado por Appiolaza