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El Gobierno cobrará operativos de rescate: en qué casos y cómo definirá el monto

El gobernador Alfredo Cornejo presentó un proyecto de Ley que faculta al Ministerio de Seguridad a fijar un canon que deberán pagar las personas rescatadas. Los detalles de la iniciativa y
Foto: Ministerio de Seguridad
Foto: Ministerio de Seguridad

El Gobierno de Mendoza establecerá un marco legal para avanzar con el cobro de los operativos de rescate que se realicen en Alta Montaña o que cuenten con la intervención de cuerpos especiales de seguridad. Desde el Ministerio de Seguridad y Justicia explicaron que no se cobrará el costo real del operativo, ya que se tratan de valores muy altos y difíciles de calcular, pero que se fijará un canon en base a ciertos criterios. Las personas beneficiadas por estos procedimientos deberán pagar un monto que tendrá en cuenta los riesgos asumidos, la cantidad de patrullas afectadas y la utilización o no de los helicópteros de la Policía.

A través de un proyecto de ley enviado esta semana a la Legislatura, el gobernador Alfredo Cornejo impulsó una modificación a la Ley de la Policía (Nº 6.722). Concretamente plantea la incorporación de un artículo especial en la norma que faculta al Ministerio de Seguridad y Justicia a cobrar un cargo fijo por costo operativo en casos de abordajes de la Unidad Patrulla de Rescate de Alta Montaña (UPRAM) o por parte de cualquier cuerpo especial de la Policía.

Sin embargo, esto no implica que se cobrará a todas las personas que sean rescatadas por estos operativos. Cada caso particular será analizado y está previsto fijar una serie de criterios para determinar el valor que se cobrará a los involucrados. 

Se tendrá en cuenta los riesgos asumidos, el cumplimiento de los protocolos, usos y costumbres, el uso de dispositivos de geolocalización y/o georreferenciación, dispositivos que permitan el rastreo satelital y normas legales y la negligencia en su caso.

El monto del canon por el operativo será determinado por la Ley lmpositiva cada año y tendrá en cuenta, cantidad de patrullas desplegadas, extensión del operativo, si hubo intervención del Cuerpo de Aviación Policial (CAP), la División Vehículos Aéreos No Tripulados (VANT), helicópteros o drones.

En tanto, los fondos recaudados serán afectados al Ministerio de Seguridad y Justicia y al menos la mitad de la recaudación anual deberá destinarse directamente a las patrullas de rescate.

A pagar… pero no en todos los casos

Desde el Ministerio de Seguridad explicaron que la iniciativa busca establecer por ley la facultad del Poder Ejecutivo para proceder eventualmente al cobro de los operativos. “No es que el Estado vaya a empezar a cobrar todos los operativos de rescate”, resaltaron.

Es decir, que no se van a cobrar todos los operativos de rescate o búsqueda de personas, sino que se evaluará el despliegue que requiera cada procedimiento.

En este sentido, destacan que tomarán en cuenta criterios fijados en el proyecto para fijar un canon, el cual se establecerá en la Ley Impositiva cada año. Para determinar cuál será el cobro para la persona se va a tener en cuenta los riesgos asumidos por la persona, si estaba en cumplimiento de los protocolos para una expedición determinada, si estaba usando dispositivos de geolocalización o georreferenciación, que cada vez son más comunes. “Todo eso, más la negligencia del caso, es lo que va a tener en cuenta el Estado para decidir si procede al cobro o no”, expresaron.

El canon plasmado en la Ley Impositiva determinará valores específicos dependiendo si se usó o no el helicóptero de la Policía o la cantidad de patrullas desplegadas en el operativo.

¿Cuáles serán los montos?

El Gobierno provincial evitó precisar el costo que tienen en promedio los operativos de rescate y explicaron que es muy difícil calcular cuál es el valor total, ya que hay múltiples gastos a considerar.

La importante aclaración que hicieron desde el Ministerio de Seguridad fue que el canon que establecerán a partir de esta ley, no tendrá como referencia el costo real de los procedimientos. 

“Un traslado real del costo a la persona no va a ocurrir nunca. El costo sería infinito, por eso esta ley busca establecer un canon que no va a ser el costo del operativo pero que va a ser representativo”, manifestaron desde la cartera.

Aclararon que para determinar el costo real de un operativo se debería tomar en cuenta el sueldo de la patrulla de rescate, los equipamientos y su mantenimiento, la conectividad, el valor de los drones, los certificados de los pilotos de los drones, el curso de los pilotos y las horas de vuelo en los helicópteros.

La división Vehículos Aéreos No Tripulados (VANT), cuenta con 21 pilotos certificados por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), y 8 en proceso de certificación, haciendo a Mendoza una de las provincias con mayor cantidad de pilotos del país. Además, la Provincia cuenta con una capacidad de 12 drones. Estos drones cuentan con visión nocturna, transmisión de voz, posibilidad de cargar elementos, autonomía extendida, entre otras virtudes, imprescindible para tareas de rescates.