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La Corte insiste en sacar los celulares de las cárceles de Mendoza

En un fallo dividido, los supremos decidieron por mayoría que este mes los presos de las penitenciarías mendocinas no deben tener teléfonos móviles en su poder.

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza ratificó su decisión de sacar los celulares de las cárceles de la provincia. En diciembre del año pasado, los supremos ya habían resuelto que los internos no tenían que tener teléfonos móviles en su poder y dieron un lapso de 6 meses para que la medida se hiciera efectiva.

Sin embargo, un recurso de apelación presentado por el Ministerio Público de la Defensa y por la Asociación Civil Verdad y Justicia Mendoza dejó en pausa el avance de la decisión de la Justicia. Ayer, la Corte -en un fallo dividido- ratificó su fallo original. Por lo tanto, en lo que queda del mes de marzo se deben retirar todos los teléfonos de los pabellones. 

Por su parte, el Servicio Penitenciario dictó una resolución interna los primeros días de marzo y comenzó con la tercera etapa de retiro de celulares dentro de las penitenciarías que corresponde al secuestro de los aparatos. La primera etapa correspondió a la entrega voluntaria y la segunda, al retiro en requisas. 

El Servicio Penitenciario empezó con el secuestro de los teléfonos en marzo. 

El fallo dividido

Ayer la Suprema Corte rechazó la presentaciones del Ministerio Público de la Defensa y por la Asociación Civil Verdad y Justicia Mendoza in limine, es decir desde el comienzo, y dejó sin resolver la cuestión de fondo lo que asegura un próximo planteo en la Corte Suprema de la Nación.

El fallo contó con los votos de Dalmiro Garay y Teresa Day. Por su parte, José Valerio votó en disidencia. Los dos primeros aseguraron en el fallo que no se demostró la gravedad institucional del retiro de los celulares por lo que no se puede encuadrar en ese supuesto. “En definitiva, al resultar evidente que la decisión cuestionada no es impugnable por las vías intentadas, corresponde su rechazo in limine”, resolvieron los supremos. 

En tanto, Valerio votó en disidencia y explicó en los fundamentos que para él corresponde conceder los recursos de casación planteados por la Asociación Civil Justicia y Verdad Mendoza y por las representantes del Ministerio Público de la Defensa.

“La decisión impugnada supondría una restricción de derechos deechos respecto de las personas privadas de libertad en la Provincia”, explicó en el fallo. 

“afecta gravemente derechos fundamentales vinculados a la comunicación, la reinserción social, el acceso a la justicia, la educación, salud y defensa, entre otros -del recurso de las Defensoras”, agregó.