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El Gobierno echó a un médico que no iba a trabajar porque vivía en Córdoba

Se trataba de un oftalmólogo que acumuló 58 inasistencias injustificadas y argumentó que no podía volver a Mendoza por las restricciones de la pandemia, pese a estar exceptuado por personal de salud.

El Gobierno de Mendoza echó a un médico oftalmólogo por acumular 58 inasistencias injustificadas, en medio de la pandemia de coronavirus. El agente estatal que prestaba funciones en San Martín no concurrió durante dos meses a su lugar de trabajo porque se encontraba viviendo en la provincia de Córdoba.

Este viernes se publicó en el Boletín Oficial el Decreto Nº 2456, firmado en noviembre del año pasado por el entonces gobernador Rodolfo Suarez. La norma aplicó la sanción de cesantía al doctor Sergio Fabián Montes, un oftalmólogo que prestaba funciones en el Centro de Salud Nº 86, del Área Sanitara San Martín.

El motivo del despido fue que el profesional acumuló 58 faltas injustificadas debido a que en los meses de agosto y septiembre de 2020 no concurrió a su lugar de trabajo, donde debía desempeñarse los días lunes, miércoles y viernes de 8:00 a 16:00.

Tras registrarse esas irregularidades las autoridades del Ministerio de Salud iniciaron un sumario administrativo. La defensa del médico fue que “en los meses de agosto y septiembre de 2020 el país y el mundo se encontraba en un pico de pandemia” y que no pudo asistir a su lugar de trabajo debido a que desde diciembre de 2019 se domicilia en la Provincia de Córdoba, situación que no había sido declarada en su legajo, y la frontera interprovincial de Córdoba, la de San Luis y por momentos la de su municipio, se encontraba cerrada.

El agente indicó que durante la pandemia mantuvo contacto y comunicación telefónica con agentes administrativos y autoridades del Área de Salud, intentó pedir licencia sin goce de haberes pero le comunicaron que no era posible para el personal de salud, en ese momento.

Desde el Gobierno provincial desestimaron estos argumentos, sosteniendo que “al ser personal de salud, se encontraba exceptuado de las prohibiciones de circulación impuestas por el Gobierno Nacional”. Durante el periodo de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” los trabajadores de la salud estaban habilitados para circular libremente por cuestiones de trabajo.

Por esta razón, la Instructora Sumarial, el Honorable Consejo Deontológico Médico y la Junta Provincial de Reclamos y Disciplina, consideraron que el doctor Montes no ha cumplido con su débito laboral, ni ha tenido una justificación válida, por lo que de acuerdo a lo establecido por las normas provinciales corresponde aplicarle la sanción de cesantía.