En medio del reclamo de Brasil, el Gobierno dejó de considerar refugiados a quienes hayan cometido delitos internacionales
El Gobierno modificó por decreto este martes la Ley General de Reconocimiento y Protección al Refugiado y dejará de reconocer como tal a extranjeros que hayan cometido delitos internacionales, crímenes graves, o hayan participado o incitado de delitos y actos contrarios a los Principios de las Naciones Unidas.
La modificación llega en el marco del reclamo de Brasil a Argentina para lograr la extradición de los 63 militantes bolsonaristas, condenados por la toma de los tres poderes en Brasilia en enero de 2023 y que actualmente residen en el país. Sin embargo, desde el Gobierno le aclararon a MDZ que la medida "no es retroactiva", por lo que no afectaría a los fugitivos brasileños.
El Poder Ejecutivo dispuso los cambios a la Ley N°26.165 este martes a través del DNU 942/2024. El decreto determinó que no será reconocida la condición de refugiado a las personas extranjeras que "hayan cometido un delito internacional, es decir, crímenes contra la paz, un delito de guerra o un delito contra la humanidad".
Tampoco se reconocerá “la condición de refugiado a quienes hayan cometido graves delitos comunes fuera del país de refugio antes de ser admitidos como refugiados en Argentina”.
La medida también estableció que la condición de refugiado cesará por varias razones, tales como "el acogimiento a la protección del país de nacionalidad; el recobro de nacionalidad perdida; la adquisición de nueva nacionalidad con protección; el establecimiento en el país habitual abandonado; la residencia en otro país porque han desaparecido las circunstancias que justificaron la condición de refugiado a menos que mantengan un temor fundado de persecución".
El argumento del Gobierno para realizar la modificación fue que "en la actualidad, un número significativo de migrantes realiza solicitudes de refugio ante la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) por motivos que no guardan ninguna relación con la definición de refugiado contenida en la Ley".
"Esto hace que, por la lentitud del procedimiento administrativo y del proceso judicial, obstruya y dilate los trámites de aquellas personas que efectivamente requieren de la tutela y reconocimiento del Estado argentino", agregaron desde el Gobierno a través de un comunicado.