El Gobierno echó a un estatal que faltó a trabajar 18 veces en dos meses

El Gobierno echó a un estatal que faltó a trabajar 18 veces en dos meses

El gobernador Rodolfo Suarez cesanteó a un empleado de planta permanente de la Secretaría de Servicios Públicos que registró 18 inasistencias injustificadas entre abril y mayo de 2022.

MDZ Política

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El Gobierno de Mendoza echó a un empleado estatal tras constatar que tuvo 18 inasistencias injustificadas durante dos meses de 2022. Se trata de un agente que se desempeñaba en la delegación Zona Sur de la Secretaría de Servicios Públicos y había sido designado en planta permanente en 2015.

Mediante el Decreto Nº 493, publicado este viernes en el Boletín Oficial, el gobernador Rodolfo Suarez cesanteó a Dniel Arnaldo Castro. El motivo de la sanción fue que el empleado público faltó 18 veces a trabajar entre abril y mayo de 2022 de manera injustificada.

El Departamento de Recursos Humanos de la Secretaría de Servicios Públicos advirtió que el agente poseía 7 inasistencias en el mes de abril (los días 01, 04, 06, 12, 18, 21 y 22) y trece (13) inasistencias durante el mes de mayo ( los días 03, 04, 05, 06, 11, 12, 13, 16, 17, 19, 23, 30 y 31) del año 2022, presentando fuera de término el certificado de las dos últimas ausencias, correspondientes a los días 30 y 31 de mayo.

Castro tenía un cargo en planta permanente y prestaba servicios en la Delegación Zona Sur de la Secretaría de Servicios Públicos. Había sido designado en ese puesto mediante la Resolución N° 4274/2014 del entonces Ministerio de Transporte, a partir 01/04/2015, durante la gestión del gobernador Francisco “Paco” Pérez.

En el decreto se aclara que la Ley provincial 9103 señala que “son causas para la cesantía: a) inasistencias injustificadas superiores a seis (6) días, continuas o discontinuas, en término de seis (6) meses”.

“La grave sanción a imponer se condice con las faltas cometidas, las inasistencias injustificadas a su lugar de trabajo, se ha valorado razonablemente la premisa fáctica en la que se sustenta una sanción extrema como lo es la cesantía”, se indica en los considerandos.

A la vez que aclaran que “ha quedado debidamente acreditado que el agente Castro Daniel Arnaldo no asistió a trabajar en el mes de abril los días 01, 04, 06, 12, 18, 21 y 22 y en el mes de mayo los días 03, 04, 05, 06, 11, 12, 13, 16, 17, 19, 23 del año 2022, información elevada por personal de RRHH al no glosar constancia alguna dentro de las 48 hs de su inasistencia mediante certificados médicos o justificación de otro tenor, queda ratificada la falta imputada”.

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