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El verdadero objetivo detrás de las recusaciones que realizó Walter Bento

El juez federal recusó a los integrantes del Jury de Enjuiciamiento que representan al PRO y pidió que se suspenda la sentencia. Sin embargo, la integración del Jury la determina la Constitución.
Foto: Juan Ignacio Blanco/MDZ
Foto: Juan Ignacio Blanco/MDZ

El jueves la defensa de Walter Bento interpuso un recurso para recusar al senador José María Torello y la diputada Ana Clara Romero por pertenecer al PRO. El argumento es que "su pertenencia a aquel sector político despierta en esta parte un fundado temor de parcialidad" por los dichos de Patricia Bullrich sobre la causa Bento. El tema es que la Constitución Nacional establece cómo debe integrarse el Jury de Enjuiciamiento y la representación política en el mismo. Pero en realidad, lo único que le interesa a Bento es ganar tiempo.

Bento intenta suspender la sentencia que está programada para el 8 de noviembre de este año. Ese día se debería conocer si los integrantes del Jury entienden que hay causales para removerlo del cargo. La Constitución Nacional establece que la sentencia debe conocerse antes de que transcurran 80 días del inicio del juicio político y que si eso no ocurre "corresponderá archivar las actuaciones". Si Bento consigue que la sentencia se prorrogue hasta después del 27 de noviembre, conseguirá que su causa se archive.

Los abogados Mariano Fragueiro Frías, Federico Casal y Felipe Salvarezza argumentan que esos dos legisladores militan la campaña presidencial de Patricia Bullrich y que Bullrich no solo promovió años atrás otro juicio político contra Bento sino que además en el debate presidencial hizo alusión a la causa Bento y lo vinculó con el narcotráfico. Por eso, solicitan el apartamiento de los miembros del jurado que representan al bloque de Juntos por el cambio "merced al fundado temor de parcialidad que evidencia su actuación".

Los abogados de Bento: Federico casal, Mariano Fragueiro y Felipe Salvarezza.

Pero en realidad la selección de los integrantes del Jury de Enjuiciamiento no es antojadiza. Los artículos 114 y 115 de la Constitución Nacional determinan el mecanismo de remoción de jueces y hay un reglamento para el Jurado de Enjuiciamiento de magistrados nacionales. En se reglamento se determina que los siete miembros serán dos jueces de cámara, dos diputados, dos senadores y un abogado. Respecto a los legisladores, aclara que por cada cámara habrá un representante del bloque mayoritario y otro de la primera minoría. El lugar de la primera minoría le corresponde entonces a Juntos por el Cambio.

Ahora será el propio Jury de Enjuiciamiento el que resuelva las recusaciones presentadas por la defensa de Walter Bento. De ratificarse al senador Torello y la diputada Romero como integrantes, se intentará ganar tiempo recurriendo a la Corte para que dirima para lo que la defensa se reservó esa posibilidad.

Por más que a priori sea poco probable que el planteo prospere, el objetivo concreto de Walter Bento es dilatar el proceso hasta después del 27 de noviembre. Porque si lo consigue, el juicio político quedará trunco y podrá volver a hacerse cargo del Juzgado Federal N°1. Aún a pesar de que siga sentado en el banquillo de los acusados en la megacausa que se tramita en el Tribunal Oral Federal N°2 y que lo tiene procesado por asociación ilícita, cohecho, prevaricato, enriquecimiento ilícito y lavado de activos, entre otros delitos.