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Funcionarios del Tribunal de Cuentas ganan 20 veces más que un docente

Los salarios del presidente del Tribunal de Cuentas y de los cuatro contadores vocales es de más de 1 millón de pesos de bruto. Ese salario está establecido por ley y atado al de los jueces de la Corte. Son inamovibles en sus cargos y propuestos por el Gobernador.

El presidente y los cuatro vocales del Tribunal de Cuentas cobran salarios de más de 1 millón de pesos. Es decir, que si se compara las remuneraciones mensuales de las máximas autoridades de este ente de control con los salarios de una maestra mendocina que recién se inicia, la disparidad es enorme. Cobran más de 20 veces más que el salario inicial dispuesto para una docente, que no llega a los 50.000 pesos.

De acuerdo a la información solicitada al Tribunal de Cuentas por el periodista de MDZ Jorge Caloiro, el presidente del ente, el radical Néstor Parés, percibe un salario mensual bruto (es decir sin los descuentos por jubilación, etc) 1.051.601,09 pesos. Los sueldos de los cuatro vocales contadores son similares, de acuerdo a la antigüedad. El salario de Mario Francisco Angelini es de 1.416.138,48 pesos; el de Héctor David Caputto es de 1.134.450,50 pesos; el de Marta Liliana Lazzaro es 1.167.539,33 pesos y el de Ricardo Pettignano es de 1.349.808,03 pesos.

Se trata de salarios superiores a los de las docentes, pero también la de los profesionales de la salud que en los hospitales públicos muchos no alcanzan los 100.000 pesos y el pedido de aumento es la bandera que levantan los gremios estatales por estos días en medio de los paros masivos. El gobernador Rodolfo Suarez, por ejemplo, gana un poco más de 350.000 pesos.

La ley 4322 (que fija el Régimen de remuneración del personal de Administración Pública) establece la escala salarial de magistrados y autoridades del Tribunal de Cuentas. En su artículo 4 sostiene que el presidente y los vocales del organismo percibirán una retribución mensual equivalente al 95% de la remuneración que con todo concepto corresponda a los ministros de la Suprema Corte de la Justicia de la Provincia. Las variaciones de los salarios también están atados a los incrementos de los sueldos de la Corte.

Por la misma ley, se establece el régimen de adicional por antigüedad. El artículo 5 de la norma de acuerdo a la modificación hecha por la ley 9227 en el año 2020, “El presidente y vocales del H. Tribunal de Cuentas, el Fiscal de Estado, el Asesor de Gobierno y los demás funcionarios que tienen garantía constitucional de inamovilidad en el cargo, tendrán derecho a la percepción del adicional por antigüedad, el que se liquidará aplicando el régimen previsto para los magistrados".

¿Cómo se llega a ser autoridad del Tribunal de Cuentas? La Constitución Nacional lo establece en su artículo 185. Los miembros del Tribunal serán nombrados por el Ejecutivo con acuerdo del Senado. Es decir que es el Gobernador quien envía a la Legislatura un nombre para ocupar el cargo. Es la Cámara Alta quien debe votar a través de bolillas blancas (por el sí) o negras (por el no) si lo aceptan o lo rechazan.

Es decir que se trata de funcionarios  propuestos por el Ejecutivo de acuerdo a su mismo color político. El presidente del Tribunal Parés, por ejemplo, fue electo por el Senado en noviembre de 2019 durante el último mes del gobierno del radical Alfredo Cornejo. Venía de ser el presidente de la Cámara de Diputados de la provincia.

En marzo de 2015, durante el último año de la gestión del peronista Francisco Pérez, el Gobierno envió los pliegos de los por entonces senadores justicialistas para cargos con rango constitucional que fueron aprobados por la Cámara Alta que hasta ese momento integraban. Los ex senadores Fernando Simón y Ricardo Pettignano se transformaron en Fiscal de Estado y vocal del Tribunal de Cuentas, respectivamente. Pettignano fue durante muchos años un dirigente con mucho peso cercano al intendente de San Rafael Emir Félix  y a su hermano, el actual diputado provincial Omar. Se lo reconocía como uno de los armadores políticos del peronismo.

Los cargos de los miembros del Tribunal son inamovibles en sus cargos mientras dura su buena conducta. Esto quiere decir que pueden jubilarse en ese puesto, a excepción que se los someta al Jury de enjuiciamiento de acuerdo a lo que establece la Constitución Provincial.