Tribunales

Planes de ahorro: intiman a Toyota y Volkswagen a que cumplan una sentencia judicial

La jueza civil finalmente intimó a Toyota y Volkswagen por denuncias de incumplimiento de varios ahorristas. 

Jorge Caloiro
Jorge Caloiro miércoles, 6 de octubre de 2021 · 19:22 hs
Planes de ahorro: intiman a Toyota y Volkswagen a que cumplan una sentencia judicial
Foto: SIJUMTV

En los tribunales ordinarios de la provincia, la Jueza civil, Fabiana Martinelli, intimó a Toyota y a Volkswagen a que cumplan, en debida forma, con la medida cautelar que oportunamente dictó. Dicha resolución, la tomó la jueza ante varias denuncias de incumplimiento de varios ahorristas

Esto se da en el marco de la “mega” demanda colectiva de Planes de Ahorro, que tramita ante el fuero civil y comercial de Mendoza.

La jueza Fabiana Martinelli había resuelto -cautelarmente- una fórmula de cálculo de cuota que deberían cobrar las automotrices hasta que resuelva la cuestión de fondo, que es la solicitud de nulidad de la cláusula que fija la cuota a pagar.

La medida cautelar, que se encuentra vigente, establece que se debe liquidar en forma mensual la suma correspondiente al pago que efectuará cada ahorrista en el mes de abril del 2018 o el primero de la suscripción del plan, en caso de ser posterior, más el porcentaje correspondiente al Coeficiente de Variación Salarial (CVS) período 2018/2020, actualizando las mismas mes a mes, conforme el coeficiente de variación salarial publicado por el Indec, hasta tanto se dicte sentencia en ese pleito.

Fabiana Martinelli, intimó a Toyota y a Volkswagen a que cumplan, en debida forma, con la medida cautelar que oportunamente dictó.

Además, Martinelli ordenó a Toyota Plan Argentina SA de ahorro para fines determinados y a Toyota Argentina SA cumplir con la medida cautelar para los ahorristas que tengan contratado un Plan de Ahorro en los departamentos del sur de Mendoza (General Alvear, Malargüe y San Rafael), donde se determinó que la empresa no había aplicado lo dictaminado.

También resolvió que el método de aplicación de la fórmula aplicado por la empresa Volkswagen no era el correcto, lo que provocaba que los ahorristas de la marca tuvieran que abonar más de lo que correspondía.

De esta forma, se les ordenó tanto a Toyota Plan argentina SA de ahorro para fines determinados y  a Toyota Argentina SA, a Volkswagen SA de Ahorro para Fines Determinados y Volkswagen Argentina SA, a que procedan a:

  1. La reliquidación de todas las cuotas pagadas desde la notificación de la medida cautelar a la fecha
  2. Imputar las diferencias resultantes a los pagos de cuotas puras cauteladas que adeuden los ahorristas o a las que se generen a partir de la fecha
  3. Modificar el cálculo de aquí en más, aplicando la cautelar en forma correcta.

FIAT, un caso aparte

La empresa Fiat Argentina SA de Ahorro para Fines Determinados en su momento solicitó la nulidad de la notificación de la medida precautoria, presentación que la magistrada Martinelli rechazó, ya que entiende que estaba debidamente notificado.
Con el rechazo, los abogados de la empresa interpusieron una apelación que puede implicar la suspensión de todo el trámite colectivo. En virtud de ello, la magistrada, rápidamente y para evitar dilación a todo el universo de ahorristas, dispuso separar los procesos, manteniendo a FIAT como un colectivo aparte y continuando con el trámite del colectivo general, lo que implica que la causa central del gran colectivo de ahorristas continúa su curso, mientras que aquellos que tengan un plan de ahorro con FIAT deberán esperar que La Cámara de Apelaciones Civil resuelva.

¿Sentencia a mediados del próximo año?

Después de estos avatares, el juicio recién esta en su etapa inicial; en concreto, recientemente se ha corrido traslado de la demanda, a las automotrices para que ejerzan su defensa. Luego de que las partes demandadas opongan sus defensas, debería fijarse fecha para la realización de la audiencia inicial, donde  seguramente la Jueza intentará que las partes arriben a una conciliación. De no lograrlo, deberán producirse las pruebas ofrecidas por las partes, en un plazo no mayor a cuatro meses, que en caso de poder cumplirse, permitirá que la resolución del conflicto en primera instancia, se produzca antes del receso del mes de julio del 2022. 

¿Cuál es el conflicto que se plantea en este juicio?

La cuestión de fondo es la nulidad o no de la cláusula que fija la cuota a pagar, por parte de las empresas, en los planes de ahorro.

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