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Las dudas de la nueva cuarentena: qué puede hacer el Gobernador y qué no

El Gobierno nacional decretó una nueva etapa de aislamiento para el Gran Mendoza y otros departamentos. Qué puede hacer Suarez ante una medida que no cayó bien en la provincia.

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MDZ Política lunes, 12 de octubre de 2020 · 08:25 hs
Las dudas de la nueva cuarentena: qué puede hacer el Gobernador y qué no
Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

La nueva cuarentena decretada por el Gobierno nacional vuelve a Mendoza a una situación que no vivía desde junio. Desde esa fecha la provincia pasó a estar dentro de los distritos con distanciamiento social y el control de las decisiones sobre la administración de la política para enfrentar la pandemia pasó al gobierno provincial. 

Ahora con el regreso al Aislamiento, todo cambia. El DNU de Alberto Fernández no deja claro qué está permitido y qué no. Una duda se generó por el artículo 14 del Decreto, que le otorga la potestad de decidir a los gobernadores sobre qué hacer. Pero esa disposición es solo para distritos de menos de 500 mil habitantes. Esa disposición ya estaba antes. Mendoza no tiene ningún departamento de esa magnitud, pero sí un área: el Gran Mendoza es considerado como un núcleo urbano único y por eso lo que ocurre en esa zona es potestad del Presidente

El gobernador Rodolfo Suarez sí podría decidir sobre Tupungato y Tunuyán, los dos departamentos alejados del Gran Mendoza que también fueron incluidos dentro del aislamiento. "En los aglomerados urbanos, partidos o departamentos con más de 500.000 habitantes alcanzados por el artículo 9° del presente decreto, las autoridades Provinciales respectivas y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán solicitar al Jefe de Gabinete de Ministros... que autorice nuevas excepciones al cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y a la prohibición de circular, con el fin de permitir la realización de actividades industriales, de servicios, comerciales, sociales, deportivas o recreativas", explican.

Movilidad

Mendoza quedó dividida en dos. Y las personas que están en distritos donde rige el Aislamiento Obligatorio no pueden ir a los departamentos en los que hay distanciamiento. También rige a la inversa, es decir quienes viven en zonas de distanciamiento no pueden venir al Gran Mendoza.

Actividades comerciales

El Aislamiento Obligatorio no contempla autorizaciones generales. Por eso técnicamente para que sigan funcionando debería ser el Jefe de Gabinete quien otorgue la excepción al ASPO para el comercio en Mendoza, donde hay comercio abierto desde junio. Antes, la Nación ya había decretado algunas excepciones al Aislamiento para la provincia que se mantendrían ahora. El comercio había sido habilitado en nuestra provincia, con restricción en cuanto a la cantidad de gente. Esa autorización fue dada en mayo y podrían seguir, aunque no como hasta ahora. Las dudas están también en los centros comerciales. 

Permisos para circular

El Decreto vuelve a poner de relieve la necesidad de contar con permisos de circulación para salir. Esa metodología se había dejado de lado en Mendoza porque las salidas se administraban según la terminación del DNI

Turismo y reuniones

Una de las actividades que más puede sufrir el parate es el Turismo. En Mendoza estaba habilitado el turismo interno, pero ahora se restringiría. "Solo el Jefe de Gabinete de Ministros, podrá disponer excepciones a lo previsto en este artículo, por sí o ante el requerimiento de la autoridad Provincial o del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", recuerda el Decreto. "Dicho requerimiento deberá efectuarse acompañando el protocolo respectivo que deberá dar cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional, la que deberá intervenir y expedirse, en forma previa, acerca de la conveniencia de la medida de excepción y respecto de la pertinencia del mencionado protocolo.

Tampoco se permitirían las reuniones familiares, justo cuando habían vuelto esas actividades. "En ningún caso podrá autorizar la realización de eventos o reuniones sociales o familiares en espacios cerrados o en domicilios particulares", indica la norma.

"Déjanse sin efecto todas las excepciones otorgadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, que autorizaban la realización de eventos o reuniones sociales o familiares en contradicción con lo establecido en el párrafo anterior".

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