Presenta:

Un organismo para reemplazar al Tribunal de Cuentas y la Fiscalía de Estado

La propuesta le fue entregada al radicalismo de Mendoza por la Coalición Cívica. Sostienen que "no hay Tribunal de Cuentas ni Fiscalía de Estado". Afirma que ninguno detectó, previno ni resolvió a tiempo -antes de afectar a la Provincia- casos como "los casos Giol - La Colina; IBM - Banco Nación; bancos de Mendoza y Previsión Social; Vale Más o los descalabros municipales de esta última época"
Foto: Archivo
Foto: Archivo

Miembros del gobierno de Mendoza recibieron en mano un proyecto que busca reemplazar al Tribunal de Cuentas y la Fiscalía de Estado con un nuevo órgano cuyas funciones comprenderán a éstos. La iniciativa pertenece a uno de los partidos del frente Cambia Mendoza, la Coalición Cívica que conduce Elisa Carrió, y le fue entregada al radicalismo como fuerza que conduce la alianza. La idea impulsa la creación de una Auditoría General de la Provincia, con 20 funciones específicas y su personal surgiría de lo que los autores del proyecto consideran como la "superpoblación de empleados legislativos", reasignados y sometidos a una selección previa de acuerdo a requisitos que se incluyen en el plan.

Romper el enjambre

Hasta ahora, tanto el Tribunal de Cuentas como la Fiscalía de Estado se han construido sobre la base del acuerdo entre fuerzas políticas dominantes y no bajo criterios de efectividad del control. Desde el vamos, los que ponen a sus miembros son los que van a resultar controlados (de mejor o peor manera) por ellos. "Siempre ha sido un intercambio de figuritas", analiza Gutiérrez, quien recuerda que ninguno de estos organismos del Estado detectó, previno ni resolvió a tiempo -antes de afectar a la Provincia- casos como "los casos Giol - La Colina; IBM - Banco Nación; bancos de Mendoza y Previsión Social; Vale Más o los descalabros municipales de esta última época"  

"Lo que tenemos es un enjambre que hay que romper", simplifica, al explicar la necesidad de un organismo superador, tras 33 años de democracia en la que los entes de control de la gestión no se han destacado, precisamente, el referente de Carrió en Mendoza, Gustavo Gutiérrez. De todos modos, el dirigente de Cambiemos más que hablar de un cambio, sostiene con fuerza que "Mendoza carece tanto de Tribunal de Cuentas como de Fiscalía de Estado" en la actualidad.

El ex diputado nacional fue quien le entregó a funcionarios de Alfredo Cornejo para su estudio este plan, al que no le han dado curso. Algunos referentes de Cambia Mendoza pensaron que él podía ser asignado al actual Tribunal de Cuentas ahora, de modo de impulsar el cambio, pero no fue siquiera considerada tal posibilidad por el Gobierno. Gutiérrez, ante el tema, se muestra radical, en la acepción no partidaria del término: "Habría que poner a sus vocales bajo Jury, determinar responsabilidades y avanzar hacia una nueva forma de control", dice. 

La conformación del nuevo ente

Dependerá de la Legislatura de Mendoza y su accionar estará dirigido a efectivizar los mecanismos de control parlamentario de los actos de gobierno, en el marco de lo previsto por el artículos 93, 94 y cc. de la Constitución provincial y la normativa vigente.

Primero se generaría una Dirección de Asesoramiento, Información y Auditoria Legislativa, que iniciará la tarea de implementar el control legislativo externo e interno de la gestión financiera y legal del Estado Provincial a realizarse en el seno de la futura Auditoria General de la Provincia de Mendoza. Luego, la Suprema Corte de Justicia acordará con la Legislatura los procedimientos de intervención a través de esta Dirección a crearse, a los efectos de la implementación y posterior puesta en funcionamiento de la institución Auditoria General de la Provincia. Una vez ejercitada esta función dicha Dirección deja de existir funcionalmente y presupuestariamente.

Las 20 funciones de la Auditoría General de la Provincia

Gustavo Gutiérrez.

1) A solicitud de los órganos legislativos pertinentes, le corresponde el seguimiento del presupuesto anual de gastos y recursos, su evolución y estado de avance en la ejecución del mismo, la elaboración de informes sobre la evolución del gasto público en los Poderes del Estado, organismos constitucionales, organismos centralizados, descentralizados y autárquicos, empresas y sociedades del Estado, entes reguladores de servicios públicos y entes privados concesionarios de obras y servicios públicos, en lo relativo a las obligaciones emergentes de los respectivos contratos.

2) Analizar técnicamente la viabilidad jurídica, financiera y social de los proyectos de ley, declaraciones o resoluciones presentados en ambas Cámaras, cuando éstas y/o las Comisiones permanentes o especiales los remitan para su estudio;

3) Buscar y mantener permanentemente actualizada una base de datos, relativa a la existencia y vigencia del ordenamiento legal nacional y provincial;

4) Efectuar estudios comparativos de la legislación nacional y provincial;

5) Coordinar y asesorar a las personas de existencia ideal, públicas o privadas, estatales o no, respecto de la elaboración de anteproyectos de ley que correspondan a las áreas de su desarrollo, debiendo cumplir las formalidades constitucionales para su tratamiento parlamentario;

6) Archivar e intercambiar el material bibliográfico, así como experiencias en investigación con entidades e instituciones académicas, provinciales, nacionales e internacionales;

7) Cumplimentar las investigaciones sobre el estado patrimonial de los organismos de la Administración centralizada y descentralizada que se le encarguen, comunicando sus conclusiones a la H. Legislatura, las Presidencias del H. Senado y H. Cámara de Diputados y las Comisiones permanentes o especiales que lo soliciten;

8) Viabilizar y elaborar las procedimientos para la realización de convocatorias y/o audiencias públicas, en el ámbito legislativo a fin de procurar la participación de la sociedad en foros de consulta y paneles sobre temas de interés general;

9) Proponer, por intermedio de las Presidencias de ambas Cámaras, anteproyectos de ley, tendientes a reformar, actualizar, adecuar o elaborar el ordenamiento legislativo provincial;

10) Requerir la colaboración de las entidades del sector público estatal, las que estarán obligadas a suministrar los datos, documentos, antecedentes e informes relacionados con las áreas de su competencia, en el marco de lo dispuesto por la Ley n° 1.151;

11) Formular los criterios de control y auditoría externa a ser utilizadas por la Dirección, conforme a un modelo auditoría externa integrada que abarque los aspectos de control de la eficiencia y eficacia del gasto público;

12) Proponer a la H. Legislatura y a ambas Cámaras Legislativas un plan de trabajo anual e informar trimestralmente a la H. Legislatura, la memoria de su actuación;

13) Dar a publicidad el resultado de sus actividades, a excepción de aquel que por decisión de la H. Legislatura deba permanecer reservado;

14) Asistir y participar en los eventos y acontecimientos académicos, científicos y de difusión que se celebren en los Municipios, la Provincia u otras Provincias, en la Nación o internacionalmente, sobre las materias de su competencia;

15) Propender y fomentar la capacitación del personal legislativo y de otras reparticiones de control que deseen sumarse a esta nueva institución;

16) Difundir los resultados del desarrollo de la base de datos de la legislación estatal y de los planes, proyectos y programas de investigación que lleve a cabo, a través de publicaciones especializadas. a) Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en relación con la utilización de los recursos del Estado, una vez dictados los actos correspondientes;

17) Realizar auditorías financieras, de gestión y análisis especiales de la aplicación y ejecución del gasto público, así como la evaluación de los planes, programas y proyectos financiados con fondos públicos, provinciales o nacionales, y cuya aplicación deba efectivizarse mediante organismos dependientes del Estado provincial, centralizados, descentralizados o autárquicos.

18) Realizar la auditoría externa de las unidades ejecutoras de planes, programas y proyectos financiados por los organismos internacionales, conforme con los acuerdos vigentes entre la Provincia, la Nación y los organismos internacionales;

19) Informarse sobre la aplicación de los recursos provenientes de las operaciones de crédito público y cotejar las conclusiones para elaborar las evaluaciones sobre la situación del endeudamiento. A tales efectos podrá solicitar la información que estime necesaria respecto del endeudamiento público, interno y externo, por intermedio de los órganos legislativos específicos;

20) Recibir las solicitudes de investigación de las Comisiones de ambas Cámaras para que se les brinde apoyo legislativo en todas aquellas acciones que estas determinen.

 El Gobierno no ha levantado el guante. Por lo que ha demostrado hasta ahora, tiene una buena relación con el exsenador del peronismo que impusieron como fiscal de Estado, Fernando Simón y al Tribunal de Cuentas esperan alimentarlo con personas que creen que son "técnicamente hábiles", pero siguiendo la tradición vigente de que quien gobierna coloca allí a su gente, en función del número legislativo con el que cuente. Gutiérrez, mientras tanto, sostiene -desde adentro de la fuerza gobernante- que "el hecho de que todo siga igual agrava las cosas" e insiste en que hoy "no hay control".