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Tras las críticas, cambiaron el "cepo" informativo

El procurador Alejandro Gullé presentó modificaciones en el texto del polémico de la nueva ley del Ministerio Público Fiscal.
Foto: Alf Ponce / MDZ
Foto: Alf Ponce / MDZ

Las intenciones del Ejecutivo de contar con una nueva ley del Ministerio Público Fiscal se vieron amenazadas por la presencia de un polémico artículo que limitaba el acceso a la información judicial. Debido a la reacción del sindicato de Periodistas y Fopea, no sólo opositores pusieron reparos a la normativa, sino que comenzaron a surgir fisuras en el seno de Cambia Mendoza. Para calmar las aguas, este miércoles el procurador Alejandro Gullé realizó modificaciones al cuestionado Artículo 7.

Según reconoció el gobernador Alfredo Cornejo, Gullé fue el autor de la mayor parte del proyecto de ley y el ideólogo del "cepo" para canalizar la información. Ahora, el propio Gullé ha salido a aclarar la normativa para evitar suspicacias y tratar de garantizar el objetivo de esa cláusula: no entorpecer las investigaciones judiciales.

En concreto, mientras que el artículo original establecía que "la información se proporcionará a través de las dependencias habilitadas al efecto por la Procuración General", en el nuevo texto se matiza el tenor de la directiva. La redacción fue sustituida por la siguiente: "Sin perjuicio de estas restricciones, y con el propósito de facilitar la comunicación, la información podrá ser canalizada a través de la Oficina de Prensa del Ministerio Público".

Este miércoles estaba previsto que la Cámara de Diputados tratara el proyecto y con esta modificación Gullé apunta a neutralizar las críticas y superar el filtro legislativo.

Artículo 7 original:

  "Los integrantes del Ministerio Público Fiscal deberán dar información del ámbito de su competencia, salvo cuando ello afecte la privacidad o la seguridad de las personas, o los asuntos públicos que requieran reserva, o comprometan la eficacia y el trámite de las investigaciones en curso. La información se proporcionará a través de las dependencias habilitadas al efecto por la Procuración General. En los casos que corresponda secreto de sumario o reserva de las actuaciones, su violación habilitará la imposición de sanciones disciplinarias. En caso de reiteración podrá constituir causal de imputación de mal desempeño conforme lo dispone el Art. 164 de la Constitución Provincial"