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Plan “cáscara de banana”: YPF no puede acogerse a la moratoria de Paco

La lectura fina del decreto 1478 publicado ayer y que implica una amplia moratoria para todos los impuestos provinciales tiene una celada: no pueden entrar actividades mineras, hidrocarburíferas, eléctricas de generación y transporte, servicios financieros, ni aseguradoras. Igual, YPF ya depositó 150 millones de pesos.

Las empresas petroleras que tengan deudas impositivas con la provincia de Mendoza podrían ponerse al día si deben el canon por renta extraordinaria, pero de ninguna manera estarían habilitadas a cancelar con estas facilidades impuestos adeudados de su propia actividad, como los Ingresos Brutos. Por lo tanto, la empresa YPF no podría ingresar a la amplia moratoria lanzada ayer por el gobierno a través del Boletín Oficial y de su propia prensa, sin conferencias ni ampliaciones por parte de los funcionarios. El acuerdo para reducir la deuda de la petrolera con Mendoza mediante el pago de 150 millones de pesos -que ya fueron depositados a favor de la provincia- deberá ir por otro carril.

La reserva oficial sobre la moratoria se entendió sobre el final del día, con la lectura fina del decreto y una aclaratoria “off the record” que circuló en algunas redacciones: las actividades mineras, petroleras, de generación y transporte de energía, los servicios financieros, aseguradoras y varias actividades más no podrán adherir a la mora. La verdad es que el decreto lo dice, pero no de modo explícito. Y eso acarreó la “confusión” que el gobierno dejó seguir hasta la noche, por razones políticas.

Ayer a la mañana se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1.478 de este año, firmado por el gobernador Francisco Pérez y por el ministro de Hacienda Juan Antonio Gantuz, presentando una amplia moratoria para todo tipo de impuestos. Así lo expresó el gobierno a través de su portal de noticias: “La Administración Tributaria Mendoza (ATM) lanzará (…) un plan de pago que incluye todos los impuestos. Entrará en vigencia a partir del próximo jueves. El plan contempla hasta 24 cuotas y descuentos de hasta 95% de interés y 90% de multas. Los contribuyentes tendrán tiempo de acceder hasta el 30 de septiembre” explicó la gacetilla, aunque no especificó a qué tipo de actividades alcanza la moratoria. “Se busca ampliar los beneficios otorgados por la Ley Impositiva a los contribuyentes que se encuentran al día en los impuestos y aquellos que manifiesten voluntad de cumplir con sus obligaciones fiscales mediante la regularización de sus deudas” dijeron. Y luego la gacetilla abundó en detalles operativos.

Pero el decreto contiene sorpresas. Si bien primero explica que las empresas petroleras que deben canon podrían acogerse (“…estarán comprendidos en el presente régimen especial los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos, Sellos, Tasa de Justicia, Impuesto Solidario Educativo y Tasa Retributiva de Servicios Administrativos por la fiscalización de los casinos y el pago inicial, canon por Renta Extraordinaria y Responsabilidad Social Empresaria, establecidos en los Acuerdos por prórroga de Concesiones Hidrocarburíferas, cuyas declaraciones juradas, anticipos o pagos a cuenta se encuentren vencidos hasta el 31 de agosto de 2014”, casi al final la norma deja afuera a las petroleras que deben impuestos. Este es el caso de YPF, que mantiene con Mendoza una diferencia en la liquidación del impuesto a los Ingresos Brutos, que habría acumulado desde el año 2012 una acreencia a favor del Estado mendocino de más de 300 millones de pesos, aunque la oposición dice que la cifra podría llegar a los 450 millones. Esto es producto de los sucesivos aumentos en la alícuota del impuesto que la legislatura ha sancionado en los últimos años. Pasó de 2% al 4% en 2012; creció al 6% en 2013 y bajó al 5% en 2014, variable al 3,5 % a cambio de inversiones. Pero YPF nunca pagó más del 2 %. El lunes, Galuccio vendría a firmar un acuerdo para cerrar el pleito con el pago de 150 millones de pesos, aunque no sería al amparo del decreto conocido ayer. La petrolera ya depositó el dinero el último viernes, según confirmó el gobernador Pérez por la mañana en un acto.

En la norma que firmaron Gantuz y Pérez hay una pequeña celada. En su penúltimo artículo se enumeran actividades que no pueden acogerse a esta moratoria. Varias de ellas son jugosos aportantes al fisco provincial. El decreto lo detalla: “…Este tipo de financiación no será aplicable al impuesto originado en el desarrollo de las actividades encuadradas en los Rubros 2, 4, 10, 11 y 12 de la Planilla Analítica de Alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Anexa al Artículo 3° de la Ley Impositiva, ni a las actividades hidrocarburíferas, sus servicios complementarios y los supuestos previstos en el Artículo 21 de la Ley N° 23.966, ni a los agentes de retención o percepción”. Sorpresa: la planilla, que puede consultarse en la página de la ATM, indica quiénes se quedan afuera: todo tipo de minería, producción de gas y petróleo, extracción de áridos, extracción de minerales para abono, todo tipo de pozos y servicios relacionados a pozos extractivos, generación y distribución de gas, electricidad, vapor y agua caliente, recolección de recursos hídricos, comunicaciones (excepto radio y TV), servicios de telefonía e internet, correos, webhosting, más todo tipo de servicios financieros y de seguros.

Como se ve, la moratoria está orientada a pequeños y medianos, y de los grandes contribuyentes, los que entran son construcción, transporte público de pasajeros, y bodegas.

La pregunta política que hay que hacerse es por qué el gobierno dejó que el diputado nacional Enrique Vaquié (UCR) despotricase contra el decreto en unos cuantos medios. La respuesta fue sorprendente: “Hay que darle cuerda y temas a Vaquié… que Cornejo no se crea que la va a tener servida” dijo la fuente. En verdad, sorprendente. De un solo decreto, le “amagaron” a los medios y a la oposición, se metieron en la interna radical y dejaron afuera de esta moratoria, al menos, a las petroleras que deban impuestos.