Irá a juicio el policía que hirió a una jubilada en una marcha: rechazaron la idea de "acto reflejo"
El policía Nicolás Céspedez será juzgado por el delito de "lesiones leves agravadas" contra una jubilada. Se consideró que hubo un uso desproporcionado de la fuerza.
El policía que empujó y lastimó a una jubilada de 82 años será juzgado por lesiones leves agravadas,
La Sala II de la Cámara Federal porteña dejó en firme el procesamiento de Nicolás Emanuel Céspedez, miembro de la Policía Federal Argentina, tras el episodio ocurrido durante una marcha el 12 de marzo de 2025, donde fue grabado empujando a una mujer de 82 años, provocándole una caída que derivó en un traumatismo de cráneo.
Los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico no solo confirmaron la figura penal de lesiones leves agravadas por abuso de su función, sino que mantuvieron un embargo de 40.000.000 de pesos sobre los bienes del uniformado.
El video del ataque a la jubilada
La decisión se basó en videos tomados por manifestantes que fueron determinantes para reconstruir la escena. Las imágenes muestran a la jubilada con los brazos bajos, sin representar peligro alguno y utilizando un bastón para desplazarse.
Además, la investigación remarcó que, tras la caída, el agente no mostró preocupación ni intentó asistir a la víctima, quien debió ser atendida minutos después por personal médico. Posteriormente, se notificó que la octogenaria sufrió una herida cortante en la región occipital que requirió sutura, cuadros de irritación ocular compatibles con el uso de gas pimienta, edemas y cicatrices producto del traumatismo contuso.
El rechazo a la versión de la defensa: "acto reflejo"
Para la Justicia, Céspedez visualizó a la mujer antes de empujarla. Se descartó la versión de la defensa que sostenía que el policía actuó por un "acto reflejo" tras recibir supuestos bastonazos.
Los abogados del policía intentaron justificar el accionar alegando que Céspedez había sido golpeado por detrás y que su movimiento fue involuntario.
Sin embargo, la Cámara consideró que esta versión era contradictoria, ya que, no se puede alegar defensa propia y, al mismo tiempo, decir que el acto fue un accidente sin intención. Además, no se hallaron pruebas de que el casco de otro efectivo hubiera sido roto por la mujer, como sostenía el descargo del imputado.
Así las cosas, el fallo de los jueces, dejando firme el procesamiento del agente a la instancia de juicio oral.

