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Condenaron a directivos y empleados de una droguería por vender medicamentos truchos que mataron y enfermaron a decenas de personas

Las penas dispuestas por el Tribunal Oral 3 van de 4 a 8 años de prisión por la venta de hierro inyectable adulterado que mató a cuatro personas y que también causó daños graves a otras 29.

Un farmacéutico muestra una ampolla de dexametasona en el Hospital Erasme, Bruselas, Bélgica, el 16 de junio de 2020.
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El Tribunal Oral Federal 3 condenó a seis personas acusadas de integrar una asociación ilícita dedicada a la venta de medicamentos peligrosos para la salud disimulando su carácter nocivo, lo que derivó en muertes y lesiones graves. El juicio oral había comenzado en noviembre de 2023, y el debate se extendió por más de dos años hasta el veredicto del 17 de marzo de 2026.

Los jueces Andrés Basso, Javier Feliciano Ríos y José Michilini dispusieron la pena de 8 años de prisión para Pablo Jorge Cernadas, director de compras de Quimbel, una droguería que adquirió y vendió casi 500 unidades de Yectafer, un suplemento de hierro de uso habitual en obstetricia que, luego de varias pericias, se comprobó que había sido adulterado. Cernadas fue hallado culpable en calidad de coautor de los delitos de venta de medicamentos peligrosos, homicidio culposo múltiple y lesiones culposas, agravados por la cantidad de víctimas, en concurso con el de asociación ilícita.

El fármaco ocasionó la muerte de cuatro personas: Verónica Díaz, una joven de 22 años embarazada que murió el 23 de diciembre de 2004 en Viedma; Luciana Giménez, de 26 años, que cursaba un embarazo de 22 semanas cuando recibió el medicamento adulterado; Paulina Álvarez, de 35 años; y Osbel Roly Lombardi, de 80. Además, el producto causó lesiones y daños a la salud en al menos 29 personas, 14 de las cuales fueron reconocidas con indemnización en el fallo.

El TOF 3 también condenó a Daniel Leonardo Rabinovich a siete años de prisión. Al igual que Cernadas, fue hallado culpable en calidad de coautor de los mismos delitos. A Miguel Cervera, dueño de la empresa que proveyó las ampollas para el medicamento adulterado, le impuso cinco años como partícipe necesario de la comercialización, aunque lo absolvió del cargo de asociación ilícita.

En cambio, Santiago Lucio Gavazza fue absuelto por no haber sido acusado por la fiscalía durante los alegatos en el debate, mientras que Roberto Gegenschatz, el otro dueño de Quimbel, Diego Hernán Manzotti, que figuraba en la causa como empresario, y la vendedora Sandra Liliana Vitale fueron absueltos por los delitos de comercialización y asociación ilícita.

Cinco de los principales acusados fallecieron antes de llegar a juicio. Entre ellos estaban Ángel Luis Cirullo, el jefe que montó el laboratorio clandestino, y Carlos Guido Maidana, el organizador y distribuidor.

Finalmente, Alberto Mario Akawie, Adrián Jorge Quintela y Víctor Julián Scattolini, este último, repartidor de la droguería, recibieron cuatro años de prisión cada uno, exclusivamente por su participación como miembros de la asociación ilícita, y fueron absueltos del delito de comercialización de medicamentos. Los magistrados entendieron que la prueba producida a lo largo del debate no alcanzaba para sostener esa acusación fiscal en sus casos.

El tribunal fijó que Cernadas, Rabinovich y Cervera deben pagar de forma solidaria a las víctimas una suma que asciende a los 1.030 millones de pesos. Los otros tres condenados, Akawie, Quintela y Scattolini, no fueron incluidos en esa obligación, ya que sus condenas se limitaron al delito de asociación ilícita.

Junto a la causa principal, tramitó otra conexa por encubrimiento agravado, en la que estaban imputados Akawie, Cernadas, Gegenschatz, Quintela, Rabinovich y Scattolini. El tribunal declaró extinguida esa acción penal por prescripción, puesto que el tiempo transcurrido desde los hechos superó el plazo que la ley fija para perseguir ese delito. Todos fueron absueltos en ese tramo sin que los jueces pudieran siquiera analizar el fondo de la acusación.

El expediente se remonta al año 2004, cuando la justicia rionegrina comenzó a investigar la muerte de Verónica Díaz. Posteriormente pasó a Comodoro Py, donde se determinó la conexidad con otro expediente por medicamentos adulterados en manos del entonces juez Norberto Oyarbide. Además, se comprobó que el producto había llegado a hospitales y farmacias de Buenos Aires y Entre Ríos.

Oyarbide dispuso allanamientos, secuestros de precursores químicos y otras pericias que determinaron que el producto contenía una concentración de hierro letal. Desde su juzgado se describió la causa Yectafer como "el caso testigo" que permitió quebrar los otros expedientes de falsificaciones. Sin embargo, el expediente continuó su instrucción con otro magistrado, puesto que el juez fue apartado por la Cámara Federal Porteña.

La organización criminal adulteró un lote de "Yectafer", originalmente fabricado por AstraZeneca, valiéndose de un laboratorio clandestino montado en el partido de San Martín. Los peritajes demostraron que el medicamento contenía tres veces más citrato de hierro que la dosis indicada. Esa sustancia había sido adquirida a la empresa Interdog, que la comercializaba exclusivamente para uso veterinario. Para la justicia, el medicamento que posteriormente se les administraba a mujeres embarazadas estaba diseñado para animales y dosificado en concentraciones letales.