Presenta:

Caso Fernando Espinoza: la Justicia revisará si reabre la causa por abuso sexual

La Justicia de La Matanza revisará si se reabre la causa por abuso sexual contra Fernando Espinoza, tras el pedido de la querellante Melody Rakauskas.

Fernando Espinoza fue acusado por Melody Rakauskas.

Fernando Espinoza fue acusado por Melody Rakauskas.

La Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional citó a las partes para el jueves 16 de julio a las 11.30, en Talcahuano 612, a fin de definir si se reabre la causa por abuso sexual contra Fernando Espinoza. La audiencia se da porque en febrero la Justicia apartó a Rakauskas como querellante y lo sobreseyó, al considerar que la falta transitoria de un abogado equivalía a un abandono de la acusación.

Cada parte tendrá 20 minutos para exponer, sin presentación de escritos, y cumplido el plazo el expediente pasará a estudio para su resolución. Cabe recordar que Espinoza se encuentra sobreseído y goza de la presunción de inocencia; lo que se discute en Casación es un planteo procesal de la querella, no una nueva acusación.

Igancio Barrios, abogado de Melody Rakauskas.

Igancio Barrios, abogado de Melody Rakauskas.

Causa por abuso sexual contra Fernando Espinoza

La causa se inició en junio de 2021, cuando Rakauskas, entonces secretaria privada de Espinoza, denunció ante la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema haber sido abusada sexualmente por el intendente durante una cena en su domicilio. En mayo de 2024 la jueza María Fabiana Galletti lo procesó por abuso sexual simple y desobediencia. En febrero de 2025 la fiscal Mónica Cuñarro pidió el sobreseimiento, criterio que acompañó el fiscal de segunda instancia Mauricio Viera y que en febrero de este año convalidó el Tribunal Oral N°16.

En el marco de la causa, Ignacio Barrios, abogado de Melody, habló en exclusiva con MDZ.

- ¿Qué analizará exactamente la Justicia el jueves?

La Sala III no analizará todavía si Espinoza es culpable o inocente. Examinará si fue jurídicamente válido separar a Melody Rakauskas como querellante y cerrar la causa cuando ella había pedido un plazo razonable o asistencia jurídica para continuar. Consideramos que debe reabrirse porque nunca existió una voluntad de abandonar: pidió ayuda, pidió tiempo y pidió que se realizara el juicio.

- ¿Con qué expectativa llegan a la audiencia?

Llegamos con una expectativa concreta y prudente: que la Sala III restablezca a Melody Rakauskas como querellante, anule la falta de acción y el sobreseimiento, y permita que la causa continúe hacia el juicio.

- ¿Hubo pruebas que no fueron valoradas correctamente?

El planteo actual no se centra en una prueba aislada, sino en que se clausuró anticipadamente la posibilidad de discutir toda la prueba en un juicio. La investigación había alcanzado el procesamiento de Espinoza por abuso sexual simple y desobediencia, confirmado por la Cámara de Apelaciones. Eso demuestra que existían elementos suficientes para avanzar. La valoración definitiva debía producirse en el debate oral, no quedar frustrada por una cuestión de patrocinio.

- ¿Cómo atraviesa Melody este nuevo capítulo?

Melody atraviesa esta instancia con el desgaste propio de un proceso que lleva varios años, pero también con la decisión de recuperar su voz dentro del expediente. Su expectativa es que la Cámara comprenda que nunca quiso abandonar y que le permita volver a ejercer plenamente su rol de querellante. No está pidiendo una condena anticipada: está pidiendo que la causa llegue a juicio.

- ¿Qué pasa si la Sala III confirma el sobreseimiento?

Si la decisión fuera adversa, no necesariamente se agotaría allí la vía judicial. Evaluaremos interponer el recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema y, si fuera denegado, la correspondiente queja directa. La Sala III ya es el tribunal de casación del fuero nacional: el paso siguiente no sería otra casación, sino la instancia extraordinaria federal.

- ¿Qué mensaje daría una eventual reapertura?

Transmitiría que ninguna denuncia debe cerrarse por una dificultad subsanable de representación, y que la falta momentánea de recursos para contratar un abogado no puede convertirse en pérdida definitiva del acceso a la Justicia. Cuando el denunciado es un funcionario público, la respuesta debe ser todavía más transparente: sin privilegios, sin condenas mediáticas y con todas las garantías, pero permitiendo que la prueba sea examinada en un juicio.