ver más

Accidente en la Ruta 7: qué pena enfrentaría el chofer de Carmen de Areco si se demuestra negligencia

El accidente en Carmen de Areco dejó, por el momento, 19 heridos. Tras el siniestro se abre una investigación para determinar responsabilidades.


Tras el accidente ocurrido en la madrugada de este viernes, en el que un micro de la empresa Vía TAC cayó de un puente sobre el arroyo La Guardia en la Ruta Nacional Nº7, a la altura de Carmen de Areco, la justicia investiga las causas que provocaron el vuelco de la unidad. Si bien el reporte oficial indica que no hubo víctimas fatales entre los 20 ocupantes, se registraron al menos 19 heridos, incluyendo una mujer con el brazo aprisionado y un bebé.

De comprobarse una conducción negligente o imprudente, el conductor sería juzgado bajo la figura de lesiones culposas graves o gravísimas en accidente de tránsito. Según el artículo 94 bis del Código Penal.

Ya de base, de confirmarse la responsabilidad de las lesiones graves mediante la conducción imprudente de un automotor, la pena es de uno a tres años de prisión e inhabilitación especial para conducir por dos a cuatro años. Al haber cerca de 20 heridos, el código establece que, si hay más de una víctima lesionada, el mínimo de la pena se fija en seis meses de prisión (o multa), con una inhabilitación mínima de dieciocho meses.

Agravantes y atenuantes: presunta fuga de un chofer y complicaciones climáticas

Un testimonio clave de la investigación es el del pasajero Maximiliano, quien afirmó que uno de los choferes, al percatarse del inminente impacto, abrió la puerta lateral en marcha y saltó del micro, y que tras el accidente "no lo encontraban". De probarse este hecho, el conductor enfrentaría un agravante directo.

La ley eleva la pena a un rango de dos a cuatro años de prisión si el conductor se da a la fuga o no intenta socorrer a las víctimas. También, conducir de manera que se desprecie la seguridad de los pasajeros se considera un agravante. La jurisprudencia señala que un chofer de transporte público tiene un mayor deber de obrar con prudencia debido a la seguridad de las personas transportadas.

Por el lado de los atenuantes, se podría alegar las ráfagas de viento, la lluvia y el granizo reportados en la zona como factores climáticos inusuales que afectaron la estabilidad del micro (una unidad de doble piso de gran altura). En este caso, las condiciones climáticas habrían tenido un rol crucial en este accidente. Según informó el Servicio Meteorológico Nacional (SMN) en la zona del desvarranco se había dado una alerta a corto plazo por "tormentas fuertes con ráfagas".

Sin embargo, las pericias mecánicas y los test de alcoholemia —que para conductores profesionales tiene un límite agravante de 500 miligramos por litro de sangre— serán determinantes para definir la responsabilidad criminal.