Sobreseyeron a Ricardo Biasotti, acusado de abusar a Ana Chiara del Boca, su hija
La Justicia sobreseyó a Ricardo Biasotti, expareja de la actriz Andrea del Boca y padre de su hija Anna Chiara, por los delitos de abuso sexual y corrupción de menores.
La causa se inició por la denuncia de Anna Chiara el 22 de noviembre de 2019. El 1 de febrero de 2022 se dictó la falta de mérito del imputado en el entendimiento que debía profundizarse la investigación. Ese decisión fue apelada por la querella y confirmada por la Sala VII de la Cámara por ciertas dudas en torno a la participación del imputado, tras lo cual regresó el legajo a la fiscalía para que ahonde la investigación.
El 23 de mayo de 2022 y ante un planteo efectuado por la defensa, el fiscal especializado en esta temática, postuló el sobreseimiento de Biasotti por cuanto las diligencias practicadas no permitieron determinar efectivamente la materialidad de la hipótesis delictiva introducida por la querella.
El magistrado interviniente sostuvo que obtenidas las nuevas piezas probatorias luego del decisorio del 1 de febrero de 2022 y tras un análisis exhaustivo e integral del plexo reunido en tal sentido, “ adoptaré un criterio desincriminante y dispondré el sobreseimiento de Horacio Ricardo Biasotti”
En el fallo de 214 páginas al que tuvo acceso MDZ, el juez Alejandro Ferro mencionó que “la vida -desde su nacimiento - de Anna Chiara Biasotti del Boca Belén estuvo signada por la intervención judicial efectuada en el fuero civil e incluso en el fuero penal”.
Ello debido a la “prácticamente nula la relación entre sus padres. En concreto, tanto Biasotti como del Boca no cesaron en su conflictividad, desde antes de su nacimiento”
Asimismo, explicó el juez que siendo menor la querellante “fue testigo, objeto y víctima de estas reyertas entre sus progenitores que redundaron en régimen de comunicación, alimentos, violencia de género, autorizaciones para salir del país, abuso sexual (en el ámbito civil), impedimento de contacto, daños y perjuicios, etc”.
En su denuncia, Anna Chiara afirmó que en el marco de un régimen de visitas, su padre -entre los 6 y los 8 o 9 años-, habría realizado las siguientes conductas:
1.- Le habría efectuado tocamientos impúdicos en sus pechos, glúteos y piernas, y también le habría apoyado su miembro viril en sus glúteos. Ello habría ocurrido en horas de la noche.
2.- Se habría exhibido desnudo delante de la menor y le habría ordenado que durmiera en su dormitorio para que no tuviera miedo.
3.- Le habría exhibido material pornográfico, puntualmente la denunciante recordó (siendo una niña por aquel entonces) haber pensado “cómo puede ser que una persona le dé a otra persona un beso por donde hace pis”.
Al analizar todo el plexo probatorio, que incluyó pericias y testimonios, se encontraron por parte de la Justicia “algunas discrepancias que quitan verosimilitud al relato de la querellante”.
Por otra parte, resultan por demás elocuentes y determinantes los resultados que han arrojado la pericia psicológica efectuada por la licenciada Mattera del Ministerio Público Tutelar a la presunta damnificada en autos.
Refiere el juez que “la licenciada. Mattera y el licenciado Mizrahi (por la defensa) concluyeron respecto de Anna Chiara Biasotti del Boca que “no se descubrieron indicadores de victimización sexual ni daño psíquico en la denunciante que puedan relacionarse con los hechos que dijo padecer. No presenta secuelas emocionales, cognitivas ni conductuales postraumáticas compatibles con haber padecido situaciones de victimización sexual”.
Así también, encontraron que la afectación emocional que posee en ocasiones puede encontrarse comprometido su criterio de realidad.
Al respecto, señalaron que “la evocación en el presente de recuerdo del pasado se ve afectada por interferencias que modifican o distorsionan un recuerdo original (factores relacionados con la precepción o interpretación de los hechos, paso del tiempo, información post -suceso percibida o imaginada) pudiendo incluso recordar algo que no sucedió y formado a partir de ello una memoria falsa, que forma parte de la realidad psíquica de Anna”, es decir, que nos encontramos ante “recuerdos implantados”.
En concreto, para el magistrado Ferro desde que se dictó la falta de mérito para procesar y/o sobreseer a Horacio Ricardo Biasotti “no se ha incorporado elemento probatorio alguno que permita agravar su situación procesal, en los términos que reclama el acusador particular”.

"No puedo soslayar los informes efectuados a la querellante y al epigrafiado; sumado al listado de inconsistencias que le quitan verosimilitud al relato de la joven”, agrega el fallo.
En tanto, la pericia efectuada a Biasotti dio cuenta que “no se habían detectado signos de trastornos o alteraciones psicopatológicas de envergadura, con capacidad judicativa conservada, adecuado manejo del principio de realidad”.
En definitiva, indica la resolución que “los elementos de juicio reseñados exhiben la ausencia de argumentos que permitan sustentar la hipótesis delictiva introducida por la querellante; en tanto, no se ha acreditado ni se ha detectado la presencia de indicios ni evidencias psicológicas que dieran cuenta de las maniobras de abuso sexual endilgadas a Biasotti”, y así de este modo impone el sobreseimiento.
Así las cosas, se ordenó la extracción de testimonios para investigar la conducta del psiquiatra que atendió a Anna Chiara, Rafael Herrera Milano, por presuntamente incurrir en delitos de acción publica.

