Compras en el exterior

Vacaciones en Chile: qué se puede comprar allá, qué llevar de acá y qué no está permitido

Qué cosas podemos traer al país y cuáles generarían un problema en la Aduana, cuánto dinero gastar sin que nos cobren impuestos y qué podemos pasar al otro lado sin problema. En la nota, toda la data.

Federico Croce
Federico Croce viernes, 29 de noviembre de 2024 · 07:00 hs
Vacaciones en Chile: qué se puede comprar allá, qué llevar de acá y qué no está permitido
Los mall de Chile son visitados por mendocinos a la hora de hacer compras y buscar ofertas Foto: @chicureohoy

Con la llegada del verano, muchos mendocinos planean escapadas a Chile. Tentados por sus playas, las ofertas de navidad y los productos importados que aquí no se consiguen, mucho antes del mes de enero ya varios piensan en unos días para darle un respiro al bolsillo en este fin de año.

Sin embargo, antes de cruzar la frontera, es clave conocer el Régimen de Equipaje y las normativas aduaneras para evitar problemas legales y sorpresas al regresar. Desde MDZ decidimos consultar al Dr. Andrés Pérez Díaz, quien es abogado especialista en Derecho Aduanero y Comercio Exterior, y le solicitamos que nos explique lo esencial para que podamos disfrutar de nuestro viaje sin complicaciones y con el objetivo cumplido de hacer shopping sin pasar momentos desagradables al regreso.

- Andrés, muchas gracias por la charla. En primer lugar... ¿Qué es el régimen de equipaje?

- El régimen de equipaje comprende los bienes que los pasajeros pueden transportar consigo en viajes internacionales, ya sean nuevos o usados, siempre que sean destinados para uso o consumo personal o para ser obsequiados. La clave está en que los bienes transportados no tengan un fin comercial ni industrial. Este régimen se aplica tanto al equipaje acompañado como al no acompañado.

- ¿Y qué bienes son los que se consideran equipaje?

- Los bienes que califican como equipaje son: ropa y artículos de uso personal. un teléfono celular por persona. una notebook o tablet por persona, libros, folletos y publicaciones impresas, y los objetos declarados al salir del territorio nacional.

Igualmente es importante aclarar que el Decreto Reglamentario del Código Aduanero (Art. 58) amplía esta lista a las cámaras fotográficas y cinematográficas, acompañadas de una cantidad razonable de películas y accesorios; los aparatos de proyección portátiles y sus accesorios; los binoculares; instrumentos de música portátiles; fonógrafos portátiles, con una cantidad razonable de discos, aparatos portátiles para la grabación y la reproducción del sonido, así como una cantidad razonable de cintas, cassettes o similares; máquinas de escribir, de calcular, de coser y de tejer portátiles; artículos y equipos para la práctica de deportes, tales como las carpas y otro material de camping, artículos de pesca, equipos de alpinismo, armas de caza con cartuchos -en caso de resultar exigible, con la autorización del organismo competente-, bicicletas sin motor, canoas o kayaks de una longitud inferior a 5 5 metros, esquíes y raquetas de tenis; coches para niños y sillas rodantes para inválidos; herramientas y objetos manuales para el ejercicio de la actividad, profesión y oficio del viajero.

También se admitirán como equipaje, la ropa de casa, mantelería y demás objetos que constituyan el menaje de la casa y que fueren de uso del viajero y de su familia.

Andrés Pérez Díaz.

- Siempre surge la duda en cuanto a la franquicia libre de impuestos y el tributo aplicable. Creemos que la sabemos y muchos se confunden...

- Los viajeros argentinos tienen una franquicia libre de impuestos dependiendo del medio de transporte utilizado para ingresar al país:

Vía terrestre o fluvial (incluye viajes por pasos fronterizos con Chile): USD 300 por persona.

Menores de 16 años: La franquicia se reduce al 50% (USD 150).

Si el valor de los bienes transportados supera este monto, se debe abonar un tributo equivalente al 50% del excedente. Por ejemplo, si ingresas bienes por USD 400, deberás pagar USD 50 en impuestos por el excedente de USD 100.

En el siguiente video, Andrés Pérez Díaz te resume perfectamente lo que tenés que saber si vas a cruzar a Chile en auto para hacer compras:

- La tentación de traer neumáticos desde Chile es grande: ¿se puede?

- El ingreso de neumáticos al país no está permitido bajo el régimen de equipaje, ya que, según la Aduana, estos no califican como bienes de uso personal o destinados al consumo individual. Dado su peso, tamaño y naturaleza, se considera que tienen un uso industrial o comercial, lo que los excluye de las franquicias personales.

Por lo tanto, si compras neumáticos en Chile, su ingreso estará sujeto a las disposiciones de importación formal. Esto significa que deberás cumplir con normativas específicas, como la intervención de organismos reguladores y el pago de los aranceles correspondientes.

Es importante que quien quiera intentar ingresar neumáticos sin cumplir con estas regulaciones puede ser considero como un infractor aduanero, exponiéndose así a multas, el decomiso de la mercadería y complicaciones legales.

- ¿Y qué otros bienes no se consideran equipaje?

- Además de los neumáticos, hay otros bienes que están explícitamente excluidos del régimen de equipaje: las mercaderías con fines comerciales o industriales (en grandes cantidades o variedad), las armas de fuego sin la autorización correspondiente, los bienes restringidos como alimentos perecederos, sustancias prohibidas o materiales peligrosos; y los productos cuyo ingreso está regulado por normativas específicas (por ejemplo, dispositivos electrónicos avanzados o medicamentos en grandes cantidades).

- Hay que decirlo, sobre todo los mendocinos, sentimos que "la tenemos clara" a la hora de irnos a Chile y hacer compras. ¿Vos recomendás el asesoramiento?

- Mirá, si tienes dudas sobre si los bienes que planeas traer desde Chile, como neumáticos u otros productos, si no sabés si lo que querés traer es considerado equipaje o si podría caer en una infracción aduanera, es fundamental consultar ante la Aduana o a un abogado especializado en aduanas.

Especialmente el servicio aduanero puede orientarte sobre los procedimientos correctos, la declaración de bienes y los riesgos asociados al ingreso de mercaderías dudosas. Yo lo recomiendo porque así evitarás sanciones, demoras y posibles multas que pueden resultar costosas y complicadas de resolver.

Mucha data y muy clara, de la mano de Pérez Díaz.

Nota: más información en www.perezdiaz.ar

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