Presenta:

Qué mira ARCA en diciembre: los montos que activan controles bancarios

ARCA actualizó los montos desde los cuales se informan movimientos bancarios, incluyendo transferencias, plazos fijos y billeteras virtuales.

Los nuevos límites que toma en cuenta ARCA para reportar operaciones financieras. Foto: Archivo

Los nuevos límites que toma en cuenta ARCA para reportar operaciones financieras. Foto: Archivo

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene vigente en diciembre el esquema de montos a partir de los cuales bancos, billeteras virtuales y sociedades de bolsa deben informar movimientos financieros. Se trata de valores actualizados por inflación y revisados de manera semestral, que buscan focalizar los controles en operaciones de mayor volumen.

El régimen no implica nuevos impuestos ni restricciones automáticas para los usuarios, pero sí establece límites a partir de los cuales las entidades financieras deben reportar información al organismo fiscal. Estos datos luego pueden ser utilizados para cruces con declaraciones juradas u otras verificaciones.

Qué operaciones quedan bajo control de ARCA

La normativa alcanza a una amplia variedad de movimientos habituales, tanto en el sistema bancario tradicional como en plataformas digitales. Los controles se aplican únicamente cuando se superan determinados montos mensuales o por operación, diferenciando entre personas físicas y jurídicas.

En este sentido, la actualización apunta a ordenar la información disponible y evitar reportes innecesarios sobre operaciones de bajo monto, que son habituales en el día a día de los usuarios.

ARCA establece nuevos montos de control para transferencias y movimientos bancarios: conoce los límites actualizados y qué operaciones deberán ser reportadas. Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ
Qué operaciones financieras quedan alcanzadas por los controles de ARCA . Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

Qué operaciones financieras quedan alcanzadas por los controles de ARCA . Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

Transferencias, extracciones y saldos bancarios

En diciembre, los montos a partir de los cuales se informan transferencias o acreditaciones son de $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas. Para las extracciones de efectivo, el límite es de $10.000.000, sin distinción entre tipos de contribuyentes.

En cuanto a los saldos bancarios al cierre del mes, las entidades deben reportar cuando superan los $50.000.000 en personas físicas y los $30.000.000 en personas jurídicas.

Plazos fijos, billeteras virtuales y sociedades de bolsa

Uno de los puntos que genera más dudas es el de los plazos fijos. En este caso, el umbral de información se fija en $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.

Para las operaciones realizadas a través de billeteras virtuales, el límite es el mismo que en las transferencias bancarias: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas. En el caso de las tenencias en sociedades de bolsa, el monto informado asciende a $100.000.000 en personas físicas y $30.000.000 en personas jurídicas.

Compras y pagos bajo seguimiento

También se incluyen las compras realizadas como consumidor final, que se informan cuando superan los $10.000.000. En tanto, los pagos generales quedan alcanzados por el régimen cuando superan los $50.000.000 en personas físicas y $30.000.000 en personas jurídicas.

Desde el organismo recuerdan que estos montos se actualizan dos veces al año y que el hecho de superar alguno de estos límites no implica automáticamente una sanción, sino la incorporación de la operación a los sistemas de información fiscal.