Monotributo ARCA: cuándo es la próxima recategorización y quiénes están obligados a hacerla
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) fijó el cronograma para el próximo período de recategorización del Monotributo.
La recategorización del Monotributo se habilita dos veces al año en la plataforma de ARCA.
Alf Ponce Mercado / MDZTras el cierre del trámite semestral de agosto, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) fijó el cronograma para el próximo período de recategorización del Monotributo. Los pequeños contribuyentes tendrán tiempo hasta el 5 de febrero de 2027 para realizar la revisión de sus parámetros y, en caso de corresponder, modificar su escala.
De esta manera, la recategorización del Monotributo es un trámite semestral que se habilita dos veces al año: el primer período transcurre entre enero y febrero, mientras que el segundo se realiza entre julio y agosto. En ambos turnos, si los valores del contribuyente no sufrieron variaciones respecto a su escala actual, no es necesario realizar ningún trámite.
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Quiénes están obligados a recategorizarse
La obligación de hacer el control alcanza a todos los monotributistas con más de seis meses de antigüedad registrados en el régimen. Sin embargo, la modificación en el sistema solo debe realizarse si varió alguno de los siguientes parámetros:
- Ingresos brutos acumulados: suma de todas las facturas emitidas en los últimos 12 meses.
- Alquileres devengados: monto abonado por locación de inmuebles comerciales o de trabajo.
- Energía eléctrica consumida: kilowatts utilizados durante el año.
- Superficie afectada: metros cuadrados destinados a la actividad.
Si el contribuyente no tuvo variaciones en sus parámetros o si sus números se encuadran dentro de la misma categoría en la que ya está inscripto, no debe realizar ningún trámite.
¿Qué pasa si no se realiza la recategorización a tiempo?
Si un contribuyente supera los límites de su categoría y no realiza la modificación antes del los períodos establecidos, ARCA tiene la facultad de ejecutar una recategorización de oficio basándose en sus consumos, facturas recibidas y movimientos bancarios. Además, el organismo podrá aplicar multas equivalentes al 50% del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales omitidas durante ese período.