Electricidad: los grandes usuarios podrán elegir proveedor y pactar precios
El Gobierno desreguló el mercado eléctrico mayorista y creó un Mercado a Término de Energía y Potencia, que permitirá la libre contratación entre generadores, distribuidores y grandes usuarios de electricidad.

El Gobierno nacional dispuso la desregulación del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a través de la Resolución 400/2025, por la que generadores, distribuidores y grandes usuarios de electricidad dispondrán de un esquema de libre contratación, sin restricciones por precios.
Para ello creó el Mercado a Término de Energía y Potencia, al tiempo que elimina las trabas para contratar en el Mercado a Término de Energías Renovables (MATER) a partir del 1° de noviembre.
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La resolución establece un esquema normativo para los contratos de energía y potencia que incentiva contratos bilaterales.
La medida también avanza en la descentralización del manejo de combustibles y CAMMESA dejará de concentrar su compra, aunque mantendrá sus funciones de despacho y administración del mercado.
También se establece mecanismos de respaldo durante la transición de régimen.
La resolución categoriza la generación en tres grupos:
- Generación Asignada: Incluye unidades con contratos vigentes hasta su finalización; además de la generación bajo administración del Estado Nacional, generación hidráulica binacional y generación nuclear operada por Nucleoeléctrica Argentina SA (NASA). La Generación Asignada se destinará prioritariamente a la Demanda Estacionalizada.
- Generación al Spot: Comprende toda unidad no clasificada como Generación Asignada. Podrá participar en esquemas competitivos de remuneración de energía y potencia.
- Generación Nueva: Toda instalación con habilitación comercial posterior al 1° de enero de 2025. Esta caracterización busca incentivar inversiones.
La norma establece una categorización para la demanda abastecida por los Distribuidores del MEM: Demanda de Grandes Usuarios de Distribución (GUDI) y Demanda Estacionalizada de Distribución, que a su vez se subdivide en Demanda Residencial y Demanda No Residencial.
Por otro lado, se crean dos nuevos Servicios de Reserva de Confiabilidad (SRC):
- Servicio de Reserva de Confiabilidad – Base (SRC Base): Podrá participar la generación térmica con habilitación comercial anterior al 1° de enero de 2025. La remuneración se fija en US$ 1.000 por MW-mes disponible.
- Servicio de Reserva de Confiabilidad – Adicional (SRC Adicional): Aplica a la generación nueva. Comprende generación térmica, hidráulica, nuclear o unidades de almacenamiento. La remuneración alcanza US$ 9.000 por MW-mes disponible. Este reconocimiento tendrá un plazo máximo de diez años.
También se establece un nuevo esquema para el recupero de costos por los Servicios del MEM y se actualizan los criterios de referencia para el tipo de cambio con la fijación del dólar BCRA mayorista como referencia.
La resolución también establece un régimen para atender demandas extra tendenciales. Toda nueva demanda conectada en forma directa al Sistema de Transporte que exceda el 0,5% de la demanda media del MEM debe presentar un plan de abastecimiento. El plan debe asegurar al menos el 80% de nueva producción de energía. También requiere respaldo físico de potencia suficiente para cubrir hasta el 80% de su consumo.