Cambia el Monotributo de ARCA desde febrero: así quedan categorías, límites y pagos mensuales
ARCA publicó la actualización del régimen simplificado para el primer semestre de 2026, con nuevos límites de facturación y cuotas mensuales desde febrero.
Pagar el monotributo con el celular en ARCA acelera el proceso y lo simplifica.
ARCA difundió en su sitio oficial la tabla vigente del Monotributo a partir de febrero de 2026, con cambios que impactan en los límites de cada categoría y en el importe mensual a pagar. La actualización se aplica desde el 1 de febrero de 2026 y cubre el tramo febrero 2026–agosto 2026.
El ajuste surge del mecanismo atado al IPC acumulado del segundo semestre de 2025, con un incremento estimado de 14,29%. La suba recalcula parámetros y eleva el costo fiscal del régimen frente a los valores utilizados durante 2025.
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Topes de ingresos: así quedan las categorías del monotributo
La primera modificación relevante se ve en los máximos de ingresos brutos anuales permitidos para permanecer en cada escala. Con el nuevo cuadro, los límites informados por ARCA quedan de esta manera: A: hasta $10.277.988,13; B: hasta $15.058.447,71; C: hasta $21.113.696,52; D: hasta $26.212.853,42; E: hasta $30.833.964,37; F: hasta $38.642.048,36; G: hasta $46.211.109,37; H: hasta $70.113.407,33; I: hasta $78.479.211,62; J: hasta $89.872.640,30; K: hasta $108.357.084,05. Estos topes redefinen la ubicación de muchos contribuyentes y sirven como base para la recategorización del período.
Además del techo de facturación, el ajuste también se refleja en la cuota mensual a ingresar. En el esquema publicado, los importes se diferencian entre prestación de servicios y venta de bienes. La tabla queda así: A: $4.780,46 (servicios) y $4.780,46 (ventas); B: $9.082,88 y $9.082,88; C: $15.616,17 y $14.341,38; D: $25.495,79 y $23.742,95; E: $47.804,60 y $37.924,28; F: $67.245,13 y $49.398,08; G: $122.3279,76 y $61.189,87; H: $350.567,04 y $175.283,51; I: $697.150,35 y $278.860,14; J: $836.580,42 y $334.632,18; K: $1.171.212,59 y $390.404,20. Con este cuadro, el régimen simplificado registra un salto respecto de los pagos mensuales de 2025.
Recategorización: pasos y fecha límite
El reordenamiento de escalas se complementa con la recategorización, cuyo vencimiento informado es el 5 de febrero. El procedimiento se hace de forma digital en la web de ARCA: ingresar con CUIT y clave fiscal, elegir la opción “Recategorizarme”, avanzar con “Continuar recategorización”, actualizar variables (ingresos, superficie afectada, consumo de energía y otros datos), y luego generar el F.184 para descargar la nueva credencial de pago. La regla apunta a reflejar lo acumulado en los últimos 12 meses y ajustar la categoría cuando corresponde.
No todos deben modificar su situación. Quedan exceptuados quienes no necesiten cambiar de escala y también quienes todavía no cumplieron seis meses desde el inicio de actividades, casos en los que el sistema aplica el encuadre inicial sin intervención del contribuyente. De todos modos, no respetar el plazo puede traer consecuencias: ARCA puede imponer multas equivalentes al 50% del impuesto integrado y de los aportes previsionales de la categoría real, además de reclamar diferencias retroactivas que no se hayan abonado.
El punto crítico aparece cuando se supera el límite de la categoría. En ese escenario, la obligación es recategorizarse o, si corresponde, abandonar el régimen simplificado y pasar al régimen general. ARCA cuenta con herramientas de fiscalización para detectar desajustes entre lo declarado y los ingresos efectivamente percibidos, por lo que exceder los topes sin regularizar la situación puede derivar en ajustes hacia atrás y sanciones económicas.