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Asistencia a morosos porteños: se termina el plazo para que los bancos adhieran al programa para refinanciar deudas

Termina el plazo que dio el Gobierno de la Ciudad para que los bancos se sumen al plan de facilidades destinado a morosos porteños.


Este viernes vence el plazo para que bancos y otras entidades financieras se adhieran al Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal que ofrece mejores condiciones a los vecinos de la Ciudad de Buenos Aires que se encuentran en situación de vulnerabilidad financiera y necesitan refinanciar sus deudas en mora.

Hasta el momento lo hicieron los bancos Ciudad, Santander, ICBC y Supervielle.

El alivio llega tras la sanción de Ley N° 6.959 aprobada por la Legislatura porteña que establece condiciones para una mayor accesibilidad para refinanciar deudas en mora originadas en préstamos personales y por consumo con tarjetas de crédito registradas hasta el 1° de junio pasado.

La ayuda tendrá un plazo mínimo de devolución de 24 meses y una tasa fija que no podrá superar el 35% de Tasa Nominal Anual (TNA).

“Las familias porteñas podrán refinanciar sus deudas de tarjetas de crédito y préstamos en mora con más plazo y una tasa de interés fija. Es un alivio para la clase media que trabaja, se esfuerza y quiere ponerse al día. Esta fue una propuesta que trabajamos en conjunto entre el Poder Ejecutivo y la Legislatura para convertirla en una ley financieramente viable”, sostuvo el Jefe de Gobierno, Jorge Macri.

Podrán acceder al programa quienes demuestren:

- Deudas originadas con tarjetas de crédito y/o préstamos personales otorgados exclusivamente por entidades financieras.

- Mora en situación 2 o 3 del Banco Central (entre 60 y 180 días de atraso).

- Ingresos familiares inferiores a 10 salarios mínimos.

- Que los compromisos mensuales de deudas representan más del 30% de los ingresos mensuales del hogar.

- Domicilio real en la Ciudad con una antigüedad mínima de 2 años.

Quedarán excluidos quienes sean propietarios de más de un inmueble, tengan vehículos con una antigüedad menor a 5 años –excepto aquellos destinados a actividades laborales debidamente acreditadas–, sean titulares de embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios sujetos a registro, tenedores de activos financieros que excedan el total de la deuda reclamada y aquellos que hayan comprado divisas durante el período en el que se generaron deudas.

La adhesión al programa contempla un beneficio fiscal para las entidades bancarias y financieras que consiste en la reducción del 50% del impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a los intereses percibidos por las refinanciaciones.