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ARCA publicó el calendario de vencimientos de agosto: todas las fechas

ARCA confirmó el cronograma de vencimientos de agosto 2026 con las fechas de pago para monotributistas, autónomos y contribuyentes.

ARCA publicó el calendario de vencimientos de agosto.

ARCA publicó el calendario de vencimientos de agosto.

Alf Ponce Mercado / MDZ

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó el calendario de vencimientos correspondiente a agosto de 2026. Durante el mes deberán cumplirse distintas obligaciones impositivas y previsionales, entre ellas el pago del Monotributo, autónomos, IVA, Bienes Personales, Ganancias y los aportes de empleadores y casas particulares.

El calendario de vencimientos de agosto ya comenzó con el pago mensual de los trabajadores autónomos. El 5 de agosto vencieron los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3; el 6 de agosto es el turno de los finalizados en 4, 5 y 6, mientras que el 7 de agosto vencerán los CUIT terminados en 7, 8 y 9.

Los vencimientos varían según la terminación del CUIT.

Los vencimientos varían según la terminación del CUIT.

Los vencimientos de ARCA durante agosto

Luego de los primeros vencimientos del mes, el calendario continuará el 10 de agosto con la presentación y pago de la declaración jurada de los empleadores. Ese día deberán cumplir los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3, mientras que los finalizados en 4, 5 y 6 vencerán el 11 de agosto y los terminados en 7, 8 y 9, el 12 de agosto. Ese mismo 10 de agosto también vencerá el pago obligatorio correspondiente al régimen de casas particulares, que rige para todas las terminaciones de CUIT.

Bienes Personales, IVA y Monotributo

El primer anticipo del Impuesto sobre los Bienes Personales vencerá entre el 13 y el 18 de agosto, según la terminación del CUIT. Los contribuyentes finalizados en 0, 1, 2 y 3 deberán abonarlo el 13 de agosto; los terminados en 4, 5 y 6, el 14 de agosto; mientras que los CUIT finalizados en 7, 8 y 9 tendrán plazo hasta el 18 de agosto.

También el 18 de agosto comenzarán los vencimientos correspondientes al IVA y Libro IVA Digital. Los CUIT terminados en 0 y 1 deberán presentar y pagar ese día; los terminados en 2 y 3, el 19 de agosto; los 4 y 5, el 20 de agosto; los 6 y 7, el 21 de agosto; y los 8 y 9, el 24 de agosto. En esa misma fecha vencerá además el pago voluntario de casas particulares, que aplica para todas las terminaciones de CUIT.

El 20 de agosto será la fecha límite para el pago mensual del Monotributo, sin distinción por terminación de CUIT. Por último, el 27 de agosto vencerá la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, también para todas las terminaciones.

Desde ARCA recordaron que el calendario completo de vencimientos puede consultarse en el sitio oficial del organismo. Allí también se encuentran disponibles las fechas detalladas según la terminación del CUIT y los servicios habilitados para realizar cada trámite.