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ARCA pone la lupa en las ventas online y redefine el IVA en plataformas digitales

ARCA actualizó los parámetros de IVA para quienes venden bienes o prestan servicios en plataformas digitales, con nuevos montos y límites de habitualidad.

ARCA pone mayor control a las ventas online.

ARCA pone mayor control a las ventas online.

En los últimos años, el comercio electrónico dejó de ser una opción marginal para convertirse en un canal central de ventas. Personas que antes solo usaban plataformas digitales para deshacerse de algún objeto ahora ofrecen productos y servicios de manera recurrente. Frente a este escenario, ARCA decidió ajustar.

La mira está puesta en el régimen especial de IVA que se aplica a las operaciones realizadas a través de estos sitios y aplicaciones. La medida queda plasmada en la Resolución General 5794/25, publicada en el Boletín Oficial, y busca poner al día los montos y criterios que definen quién es un simple usuario ocasional y quién se comporta como un vendedor habitual.

A quiénes alcanza el nuevo esquema de ARCA

El cambio apunta a personas que venden cosas muebles no registrables, tanto nuevas como usadas, y también a quienes ofrecen obras o servicios por medio de plataformas digitales. El foco está puesto en quienes operan de manera frecuente, pero no figuran como responsables inscriptos, exentos o no alcanzados en IVA, ni tampoco están adheridos al Monotributo. Es decir, usuarios que hoy aparecen “fuera del radar” fiscal, aunque muevan montos importantes o concreten muchas transacciones.

La actualización busca darles un marco claro, tanto a ellos como a las empresas que administran los portales, para que todos sepan desde cuándo una actividad deja de ser esporádica y pasa a ser considerada habitual.

En forma acelerada, los jóvenes que ingresan en el sistema financiero se inclinan por las plataformas crediticias digitales. Foto: Freepik
En forma acelerada, los jóvenes que ingresan en el sistema financiero se inclinan por las plataformas crediticias digitales. Foto: Freepik
En forma acelerada, los jóvenes que ingresan en el sistema financiero se inclinan por las plataformas crediticias digitales. Foto: Freepik

Cómo se mide la habitualidad en las plataformas

La resolución fija nuevos parámetros para determinar cuándo una persona que opera en estas herramientas se vuelve “habitual” a efectos del IVA. En primer lugar, se considera habitualidad mensual cuando se alcanzan 10 o más operaciones y el total facturado en ese período es igual o superior a $750.000. En segundo lugar, se define habitualidad por cuatrimestre cuando, durante cuatro meses consecutivos, el contribuyente registra al menos 4 operaciones por mes y, en conjunto, supera el mismo monto de $750.000.

Hay un tratamiento especial para quienes venden bienes usados de uso personal. En estos casos, no se los considera habituales si el valor de venta no supera los $1.500.000, siempre que el vendedor declare que se trata de objetos propios y no de un stock comercial. Con esto, ARCA busca diferenciar a quien liquida pertenencias puntuales de quien ya opera con la lógica de un emprendimiento o negocio sostenido en el tiempo.

Una vez que se verifican los parámetros de habitualidad, la persona pasa a ser tratada como “sujeto no categorizado” desde el mes siguiente. Esa condición se mantiene mientras conserve el nivel de actividad y no regularice su situación. Dejará de estar alcanzado por este régimen cuando se inscriba en IVA, se adhiera al Monotributo o cuando deje de operar con la frecuencia que fija la norma. Para poder aplicar correctamente las percepciones, las plataformas estarán obligadas a identificar a cada operador mediante CUIT, CUIL o CDI. Además, las percepciones del tributo deberán figurar de manera clara y diferenciada en las facturas o comprobantes que reciba el usuario, para que sepa cuánto se le retuvo y por qué concepto.

Nueva forma de notificación y fecha de entrada en vigencia

Otro cambio relevante aparece en la comunicación con los contribuyentes. Hasta ahora, la notificación del motivo y la alícuota de percepción llegaba a través del Domicilio Fiscal Electrónico. Con la nueva resolución, esa información podrá consultarse en el servicio con Clave Fiscal “Nuestra Parte”, donde cada persona puede ver qué datos maneja el organismo sobre su conducta tributaria. El objetivo es simplificar el acceso a la información y centralizar en una misma herramienta las novedades que afectan a quienes operan por medios digitales.

La resolución empezó a aplicarse ayer el 1 de diciembre de 2025 y regirá para todas las operaciones electrónicas que se concreten o perfeccionen desde esa fecha en adelante. En la práctica, esto significa que quienes hoy venden o prestan servicios a través de plataformas digitales deberán revisar su nivel de actividad, chequear si encajan en los nuevos parámetros y, en caso de corresponder, ordenar su situación fiscal.

Para ARCA, la puesta al día del régimen busca acompañar el crecimiento del comercio online y darle más previsibilidad a contribuyentes y operadores; para los usuarios frecuentes, implica mirar con más atención cuánto se factura y cómo se tributa en el mundo digital.