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ARCA elimina la limitación de la CUIT por incumplimientos en controles electrónicos

ARCA definió la eliminación del CUIT limitado. De qué se trata la nueva medida del organismo nacional.

CUIT de ARCA.

CUIT de ARCA.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso la eliminación de la limitación de la Clave Única de Identificación Tributaria ( CUIT) que se aplicaba a contribuyentes que no respondían a requerimientos dentro de los controles electrónicos del organismo. La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5832/2026 publicada en el Boletín Oficial.

La decisión modifica el régimen de “Estados Administrativos de la CUIT”, establecido originalmente por la Resolución General 3832. Con el nuevo cambio normativo se elimina el estado denominado “Limitado por incumplimiento a las Acciones de Control Electrónico”, que podía restringir la operatoria fiscal de los contribuyentes.

Cambios en el sistema de fiscalización

Hasta ahora, cuando un contribuyente no respondía a un requerimiento realizado a través del Sistema de Acciones de Control Electrónico (SIACE), el organismo podía aplicar la limitación de la CUIT. Esta sanción impedía realizar operaciones clave ante el fisco, como emitir facturas o presentar declaraciones juradas.

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)
ARCA.

ARCA.

Sin embargo, el SIACE fue reemplazado recientemente por el Programa de Promoción del Cumplimiento Voluntario, un esquema que busca incentivar la regularización de obligaciones fiscales sin aplicar automáticamente este tipo de sanciones administrativas.

A partir de esta modificación normativa, el organismo decidió eliminar la causal que permitía limitar la CUIT por falta de respuesta a esos requerimientos electrónicos, con el objetivo de armonizar las reglas de fiscalización con el nuevo sistema vigente.

Qué implica para los contribuyentes de ARCA

La eliminación de esta figura administrativa simplifica el régimen de control y podría beneficiar a contribuyentes que tenían su CUIT restringida únicamente por este motivo. En esos casos, la situación podría regularizarse de manera más sencilla o incluso modificarse automáticamente dentro del sistema registral.

No obstante, ARCA aclaró que la CUIT puede seguir siendo limitada por otras causas, como inconsistencias en el domicilio fiscal, falta de constitución del domicilio fiscal electrónico o incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas.

La resolución entró en vigencia desde el día de su publicación en el Boletín Oficial y forma parte de un proceso de actualización normativa orientado a simplificar los procedimientos y fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.