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El Gobierno flexibilizó la operatoria con los dólares financieros: qué cambió

La Comisión Nacional de Valores avanzó sobre medidas complementarias al cepo, que el año pasado implementó el Ejecutivo para cortar con la sangría de dólares que afectaba a las reservas nacionales.
El Gobierno avanzó en una medida clave para quienes operan con dólar MEP y CCL. Foto: EFE
El Gobierno avanzó en una medida clave para quienes operan con dólar MEP y CCL. Foto: EFE

Con la mira en quitar el cepo al tipo de cambio, el Gobierno nacional avanza en la flexiblizacion medidas complementarias que ponían trabas a la libre operatoria con los dólares financieros, es decir, el MEP y el CCL. Así lo dispuso la Comisión Nacional de Valores (CNV) a través de la Resolución 1018, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

En los considerandos se detalló que "el Banco Central solicitó formalmente a esta CNV que se adopten las medidas pertinentes a fin de flexibilizar ciertos requisitos y/o limitaciones en materia de posiciones tomadoras de cauciones y/o pases y/o cualquier tipo de financiamiento a través de operaciones en el ámbito del mercado de capitales y en lo que respecta al régimen informativo previo establecido para las operaciones de valores negociables con liquidación en moneda extranjera".

En este marco, la normativa estableció “flexibilizar la limitación para dar curso y/o liquidar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera -tanto en jurisdicción local como en jurisdicción extranjera-, cuando los clientes mantengan, en moneda extranjera, posiciones tomadoras de cauciones y/o pases y/o cualquier tipo de financiamiento a través de operaciones en el ámbito del mercado de capitales”.

La Comisión Nacional de Valores detalló los cambios para operar con dólares financieros.

Y completaron: "En atención al contexto económico financiero imperante y las medidas solicitadas por el BCRA en dicho marco, se considera necesario continuar con un proceso ordenado de normalización del mercado de capitales en materia de operaciones de compraventa de valores negociables con liquidación en moneda extranjera y, en consecuencia, readecuar las reglamentaciones dictadas oportunamente por esta Comisión Nacional de Valores, con carácter transitorio".

¿Qué cambió?

En la resolución se especificaó que a partir del quinto día hábil de su publicación en el Boletín Oficial, cambiará lo siguiente:

  1. Se elimina la obligación del preaviso de cinco días antes las operaciones en dólares mayores a $200 millones.
  2. Podrán operar con dólar MEP y contado con liquidación (CCL) aquellos que tengan cauciones y/o pases en moneda extranjera.

"Para dar curso a operaciones de venta de Valores Negociables con liquidación en moneda extranjera, en cualquier jurisdicción y cualquiera sea la ley de emisión de los mismos, deberá observarse un plazo mínimo de tenencia en cartera de 1 día hábil, contado a partir de su acreditación en el Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN)", se indica en la resolución oficial.

Dicho plazo mínimo de tenencia no será de aplicación cuando se trate de:

  1. Compras de Valores Negociables con liquidación en moneda extranjera y en cualquier jurisdicción, o
  2. Ventas de Valores Negociables con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local, previamente adquiridos en pesos por clientes personas humanas o jurídicas residentes con fondos provenientes de créditos hipotecarios UVA otorgados por entidades financieras, autorizadas a actuar como tales en los términos de la Ley N° 21.526, por hasta el monto de los referidos créditos y en la medida que el producido de esas ventas sea aplicado a la compra de inmuebles en el país en el marco de los mencionados créditos, debiendo los Agentes constatar el cumplimiento de dichas condiciones en forma previa a dar curso a cualquiera de las referidas operaciones, conservando la documentación respaldatoria en los respectivos legajos de los clientes.
Menos trabas para operar con el dólar MEP y CCL.

¿Qué es el dólar MEP y el CCL?

El dólar Mercado Electrónico de Pagos (MEP), también conocido como Dólar Bolsa, es el cambio resultante de una compra de títulos públicos en pesos y su posterior venta en divisas en el ecosistema nacional. 

Mientras que, el dólar Contado con Liquidación (CCL) es el cambio resultante de una compra de títulos públicos en pesos y su posterior venta en divisas fuera del país.

Desde la Comisión Nacional de Valores recordaron que las restricciones impuestas a este segmento del mercado se tomaron el año pasado, en momentos de mayor tensión financiera para contener la sangría de dólares que afectaban a las reservas del Banco Central.

“Es muy importante quitar las trabas que aún existen en las operaciones”, sostuvieron.